Decreto 1/2021, de 11 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se limita la entrada y salida en el concejo de Grado y se modifica el horario de limitación nocturna de movilidad como medidas de prevención y control ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la CoVID-19.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorPresidencia del Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto
PrEÁMBULO

El pasado 23 de octubre de 2020, el Pleno del consejo interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobaba el documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de cOVid-19". En dicho documento se plantean los objetivos de proponer criterios comunes para la interpretación de los indicadores básicos en el Sistema Nacional de Salud que permitan realizar una evaluación en cada territorio y establecer unos niveles de alerta que deter-minen actuaciones proporcionales a cada territorio con el fin de garantizar la contención y disminución en la transmisión del virus.

Según la evaluación propuesta por dicho documento se tendrán en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública, las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control, como son las medidas no farmacológicas con intervenciones parciales o completas que afecten a parte o todo el territorio evaluado.

Posteriormente, el Gobierno de la Nación dictó el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. En el mismo, en su artículo 2.2 se dispone que "la autoridad competente delegada será quien ostente la presidencia de la comunidad autónoma" y se establecen una serie de limitaciones que afectan a la libertad de circulación o el derecho de reunión, precisando que corresponde, en el marco establecido, a las autoridades competentes delegadas precisar cuestiones tales como (i) el horario para la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno (ii) limitar la entrada y salida del territorio autonómico (iii) plantear confinamientos perimetrales intracomunitarios o (iv) fijar medidas sobre el número de personas que pueden reunirse o los aforos para la asistencia a lugares de culto.

En este sentido, las autoridades competentes delegadas quedan habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la Nación, las órdenes, resoluciones y disposiciones que fuese menester a este objeto.

Siendo este el marco competencial, el Presidente del Principado de Asturias dictó el Decreto 27/2020, de 26 de octubre, por el que se adoptan medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 en el marco del estado de alarma.

El evolutivo de la pandemia en Asturias viene mostrando, en las últimas fechas, una ligera pero sostenida tendencia alcista que parece derivarse del incremento de la movilidad y la interacción social durante el período navideño y la realización de actividades en espacios cerrados que podría indicar cierto relajamiento de las medidas de protección. Esta tendencia, asimismo, podría tender a agudizarse y muestra un escenario especialmente preocupante en el concejo de Grado.

Los indicadores en Asturias, si se comparan los informes de actualización del Ministerio de Sanidad sobre la enfermedad por coronavirus números 278 y 286, de 24 de diciembre de 2020 y 8 de enero de 2021, respectivamente, muestran una evolución de la incidencia acumulada a 7 días de 57,49 a 87,99 casos por cien mil habitantes; de la incidencia acumulada a 14...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR