Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa “Clarín” de Ayudas Postdoctorales del Principado de Asturias. [Cód. 2014-02711]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

La formación de los recursos humanos destinados al Sistema de Ciencia y Tecnología es uno de los objetivos prioritarios de las políticas dirigidas al desarrollo científico y tecnológico del Gobierno Principado de Asturias, así como del PCTI 2013-2017. Al logro de este objetivo se dirige el Programa “Clarín” de Ayudas Postdoctorales para el perfeccionamiento y especialización profesional de personal investigador que esté en posesión del título de Doctor, así como para la incorporación de personal investigador postdoctoral experimentado para la realización de actividades de I+D, en centros de investigación del Principado de Asturias, cuyas bases se aprueban en la presente Resolución.

La existencia de personal investigador con una alta cualificación profesional es un elemento decisivo para el desarrollo de proyectos de I+D+i tanto en el sector público como en el sector privado y para que se produzca transferencia de conocimiento desde los centros de investigación al sector productivo que contribuya al fortalecimiento de la competitividad del tejido socioeconómico regional.

La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación fija los contenidos esenciales para el desarrollo de la carrera científica, señalando que ésta debe ser predecible, debe basarse en los méritos del personal investigador y debe lograr el reconocimiento social del mismo. Tras la consecución de la titulación de doctorado es necesaria la consolidación de la carrera investigadora con estancias en centros de investigación extranjeros y con una labor investigadora que conduzca a una alta cualificación profesional.

El presente programa de ayudas presenta dos modalidades que dan opción a la integración del personal investigador en diferentes centros de investigación, en función de la modalidad elegida.

La modalidad A ofrece la posibilidad de ampliar la formación postdoctoral en centros de investigación extranjeros de reconocido prestigio; la modalidad B ofrece ayudas para la incorporación de personal investigador postdoctoral experimentado en centros de investigación del Principado de Asturias para la realización de un proyecto de investigación, ya se trate de Universidades, Organismos Públicos de Investigación o Centros Tecnológicos.

Las ayudas aquí contempladas se corresponden con lo previsto en el art. 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que regula el contrato de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Fundamentos jurídicos

• Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno.

• Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias.

Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.

Decreto 71/1992, de 29 de octubre, sobre régimen general de concesión de subvenciones.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Haciendo uso de las competencias que me han sido atribuidas por la normativa citada y demás disposiciones de general aplicación, por la presente,

RESUELVO

Artículo único Aprobación de las bases reguladoras del Programa “Clarín” de Ayudas Postdoctorales del Principado de Asturias.

Se aprueban las bases reguladoras del Programa “Clarín” de Ayudas Postdoctorales del Principado de Asturias, que se insertan como anexo a la presente Resolución.

Disposición derogatoria única La presente Resolución deroga la Resolución de 22 de noviembre de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa “Clarín” de Ayudas Postdoctorales del Principado de Asturias, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 11 de diciembre de 2013.
Disposición final única Publicación y entrada en vigor.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Oviedo, a 11 de febrero de 2014.—La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, Ana González Rodríguez.—Cód. 2014-02711.

Anexo

BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA “CLARÍN “ DE AYUDAS POSTDOCTORALES DEL Principado de Asturias

Primera.—Objeto

  1. Es objeto de las presentes bases regular la concesión de ayudas dirigidas a potenciar la especialización de personal investigador postdoctoral, mediante la realización de estancias en centros de investigación de excelencia extranjeros para la ejecución de proyectos de investigación, así como a fomentar el desarrollo de la carrera profesional de personal investigador postdoctoral experimentado mediante su incorporación a Universidades públicas, Organismos Públicos de Investigación y Centros Tecnológicos del Principado de Asturias para la realización de proyectos de investigación, de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, publicidad y concurrencia competitiva.

  2. La concesión de las ayudas queda condicionada a la disponibilidad presupuestaria. Así, las convocatorias públicas que se aprueben al amparo de las presentes bases, requerirán de la previa autorización del gasto a que se refiere el artículo 41 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias aprobado por el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio. En las respectivas convocatorias se fijará el importe concreto de las ayudas a conceder.

  3. La entrega y distribución de las ayudas concedidas a los beneficiarios en las convocatorias que se realicen al amparo de las presentes bases, se realizará a través de la entidad colaboradora, que tomará parte igualmente en la gestión de las subvenciones, en los términos establecidos en las presentes bases.

    Segunda.—Régimen de concesión

    El procedimiento de concesión de ayudas en el marco del Programa “Clarín” se tramitará según lo establecido en la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

    Tercera.—Modalidades

    Las ayudas que se convoquen al amparo de las presentes bases reguladoras adoptarán una de las siguientes modalidades:

    Modalidad A: Estancias postdoctorales para la realización de proyectos de investigación en centros de I+D de excelencia extranjeros.

    Modalidad B: Ayudas dirigidas a la incorporación de personal investigador doctor experimentado a Universidades públicas, Organismos Públicos de Investigación y Centros Tecnológicos del Principado de Asturias, para la realización de actividades de investigación.

    Cuarta.—Áreas Científicas

  4. Las solicitudes podrán referirse a cualquier ámbito del conocimiento. Quienes realicen su solicitud deberán asignar la misma a alguna de las siguientes áreas científicas:

    • Ciencias

    • Ingeniería y Arquitectura

    • Ciencias de la Salud

    • Artes y Humanidades

    • Ciencias Sociales y Jurídicas

    En aquellos casos en los que la Comisión de Evaluación y Selección considere que el ámbito asignado no se corresponde con el proyecto presentado en la solicitud dicha solicitud podrá ser asignada a otra área científica.

    Quinta.—De los proyectos de investigación

  5. La solicitud deberá referirse a un proyecto de investigación a desarrollar bajo la dirección de un Doctor o Doctora, vinculado de manera estable, contractual o estatutariamente, al centro de destino donde se desarrollará el proyecto de investigación para el cual se solicita la ayuda, y que actuará como tutor o tutora de la actividad propuesta.

  6. Los proyectos de investigación para los cuales se solicita ayuda deberán respetar todos los aspectos éticos contemplados en el 7.º Programa Marco de la Unión Europea.

    Sexta.—Del personal investigador postdoctoral

    El personal investigador deberá cumplir los siguientes requisitos, en función de la modalidad de ayuda:

  7. Para la modalidad A (estancias de investigación postdoctorales fuera de España):

    1. Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión europea con residencia en España. Los nacionales de países no comunitarios deberán acreditar la condición de residentes.

    2. Estar en posesión del título de Doctorado en las fechas que se indiquen en la convocatoria.

    3. Acreditar una vinculación con el Principado de Asturias durante el desarrollo de su carrera investigadora, entendiéndose como tal el haber obtenido el título de Máster, de Doctorado, o bien el de Graduado, Licenciado, Ingeniero o equivalente (de entre los que habilitan para acceder al título de Doctor o Doctora por el cual se solicita la ayuda) en una universidad radicada en el Principado de Asturias.

    4. Presentar un programa de trabajo acorde con la formación Postdoctoral, con el aval y respaldo de un investigador o investigadora con grado de Doctor o Doctora y con vinculación permanente en una Universidad pública, Organismo Público de Investigación o Centro Tecnológico del Principado de Asturias. Deberá igualmente presentar una Carta de Aceptación del centro de destino estableciendo la conformidad con el...

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