DE CORVERA

SecciónIV - Administración Local
Emisorde Ibias

Anuncio Licitación de obras para piscina cubierta en Las Vegas, Corvera 1.— Entidad adjudicadora:

  1. Organismo: Ayuntamiento de Corvera de Asturias.

  2. Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

  3. Número de expediente: 06/010.

    1. — Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Construcción de complejo deportivo en Las Vegas.

  4. División por lotes y número: No.

  5. Lugar de ejecución: Las Vegas-Corvera.

  6. Plazo de ejecución (meses): 12.

    1. — Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Urgente.

  7. Procedimiento: Restringido.

  8. Forma: Concurso.

    1. — Presupuesto base de licitación: Importe total: 1.900.000,01 euros.

    2. — Garantías: a) Provisional: 38.000,00 euros.

    3. — Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de Corvera.

  9. Domicilio: Nubledo, 77.

  10. Localidad y código postal: Corvera de Asturias, 33416.

  11. Teléfono: 985 505 701.

  12. Telefax: 985 518 283.

  13. Fecha límite de obtención de documentos e información: Día hábil anterior al de finalización del plazo para enviar solicitudes de participación.

    1. — Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación, en su caso: Grupo C, subgrupo 2, categoría e.

  14. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional. Se establecen los siguientes baremos: 1. Cifra de capital social: Comprendida entre ……………………….Puntuación 1.000.000 de euros y 1.499.999 euros ............... 1 punto 1.500.000 euros y 1.999.999 euros .................. 2 puntos De 2.000.000 de euros en adelante ................ 3 puntos 2. Participación en la construcción de instalaciones de similar naturaleza: Por cada obra de presupuesto …………..….Puntuación comprendido entre: 1.000.000 de euros y 1.999.999 euros ........... 0,5 puntos 2.000.000 de euros y 2.999.999 euros ........... 1,0 puntos De 3.000.000 de euros en adelante .............. 1,5 puntos 3. Certificados de calidad ISO 9001 ................ 3 puntos Se considerará que reúnen los requisitos de solvencia técnica, económica y financiera aquellas empresas que, además de contar con la clasificación indicada, alcancen una puntuación mínima de 5 puntos en la baremación de los criterios anteriores. No obstante, y a efectos de suscitar la máxima concurrencia en la oferta, si el número de empresas que hubieran de resultar seleccionadas por la aplicación de la puntuación mínima fuese inferior a tres, se procederá a seleccionar por orden decreciente de puntuación a todas aquellas necesarias hasta completar el mínimo de tres.

    1. — Presentación de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Octavo día posterior al de la publicación del presente anuncio.

  15. Documentación a presentar: Además de la que acredite la capacidad jurídica de acuerdo con lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas, toda aquella que el empresario considere adecuada para acreditar los baremos de solvencia económica y técnica indicados.

  16. Lugar de presentación: 1. Entidad: Registro General del Ayuntamiento de Corvera de Asturias.

    1. Domicilio: Nubledo, 77.

    2. Localidad y código postal: Corvera de Asturias, 33416.

  17. Admisión de variantes: No.

    1. — Apertura de sobres para proceder a la selección de empresas: a) Entidad: Ayuntamiento de Corvera.

  18. Domicilio: Nubledo, 77.

  19. Localidad: Corvera de Asturias.

  20. Fecha: Tercer día hábil siguiente al último de recepción de solicitudes.

  21. Hora: 12 horas.

    1. — Gastos de anuncios: A cuenta del adjudicatario.

      Corvera, 28 de febrero de 2006.—El Alcalde.

      Anexo En cumplimiento de lo dispuesto en el art 122 del R.D.L. 781/1986, a continuación se publican los pliegos de cláusulas administrativas que regirán el concurso, para la contratación por procedimiento restringido y tramitación urgente, de las obras de construcción de piscina cubierta, en Las Vegas, abriéndose un plazo de 8 días, desde la publicación de este anuncio para presentar reclamaciones.

      PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRAN EL CONCURSO PARA LA CONTRATACION, POR PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO Y TRAMITACION URGENTE, DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DE PISCINA CUBIERTA EN LAS VEGAS Cláusula primera.— Objeto y calificación del contrato El objeto de la licitación al que se refiere el presente pliego es el de construcción de un complejo deportivo en el concejo de Corvera de acuerdo con el proyecto que conforma el pliego de prescripciones técnicas, así como la elaboración de una maqueta a escala 1:25 de la instalación.

      El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras (artículos 5 y 120 de la LCAP) y se tramitará con carácter urgente, por procedimiento restringido y mediante concurso.

      Cláusula segunda.— Régimen jurídico del contrato Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

      El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato.

      Cláusula tercera.— Prerrogativas de la Administración Por tratarse de un contrato administrativo el órgano de contratación podrá ejercer, de conformidad con la legislación vigente, las siguientes prerrogativas: — Facultad de la Administración para interpretar y resolver unilateralmente las dudas que ofrezca el contenido y cumplimiento del contrato, siempre en aras al interés público y sin desviarse de éste, con la particularidad de que, en caso de discrepancia del contratista, resulta preceptivo el dictamen del órgano consultivo competente.

      — La facultad de modificar, exclusivamente por razón de interés público y atendiendo al fin propio del contrato, los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en los artículos 59.3 b) y 101.3 de la LCAP. Una variante de este poder de modificación es la facultad de suspensión del contrato, siempre que se levante acta en las que se consignen las circunstancias que lo justifican y se indemnice al contratista por los daños y perjuicios sufridos.

      — Poder de dirección y control, que faculta a la Administración para dar órdenes e instrucciones al contratista bajo la amenaza, en caso de desobediencia o de incumplimiento, de imposición de las sanciones, que tienen carácter coercitivo, previstas en el contrato o pliego de condiciones.

      Cláusula cuarta.— Presupuesto del contrato El importe del presupuesto del contrato es el de 1.900.000,01 euros.

      Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden el importe del impuesto sobre el valor añadido, de acuerdo con su normativa reguladora, o del impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder.

      Cláusula quinta.— Existencia de crédito El importe del presupuesto del proyecto aprobado por la Administración se imputará al ejercicio presupuestario 2006 por importe 1.250.307,41 euros con cargo a la partida 4520-622.00 y al ejercicio 2007 por importe 639.692,60 euros.

      Existe crédito adecuado y suficiente en la partida 4520-622.00 del vigente presupuesto prorrogado de 2005 por el importe anteriormente indicado y como consecuencia de la incorporación de remanente de crédito del ejercicio anterior. No obstante, si de la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2006 se derivase una consignación adicional a la anterior, podrá hacerse uso de ella para anticipar al ejercicio 2006 parte de los gastos previstos con cargo al ejercicio 2007.

      Cláusula sexta.— Procedimiento de adjudicación El procedimiento para adjudicar será el restringido, regulado en el artículo 73.3 de la LCAP, y en el que solo podrán presentar proposiciones aquellos empresarios seleccionados expresamente por la Administración, previa solicitud de los mismos.

      Cláusula séptima.— Publicidad de la licitación 1.—Participación El órgano de contratación dispondrá la publicación del anuncio de solicitud para participar en el procedimiento en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias con una antelación mínima de cinco días anteriores al último para la recepción de dichas solicitudes de participación, según lo dispuesto en los artículos 71 y 78.2 de la LCAP.

      Todos los gastos de publicidad serán a cuenta del adjudicatario de la contratación.

    2. —Invitación El órgano de contratación invitará a los empresarios seleccionados a presentar sus proposiciones en el plazo de ocho días desde la fecha del envío de la invitación escrita, en la que se indicará el lugar, día y hora de la apertura de las proposiciones, de conformidad con la propuesta de la Mesa de Contratación.

      Cláusula octava.— Presentación de solicitudes de participación Los licitadores deberán presentar un sobre, cerrado y firmado por el mismo o persona que le represente, denominado Documentación Administrativa y en el que se hará constar su respectivo contenido y el nombre del licitador.

      Los documentos a incluir en el sobre, precedidos de una relación previa de los mismos, deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor, y serán los siguientes: 1.º Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.

      Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la Escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles...

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