Resolución de 14 de abril de 2011, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se convocan las pruebas, específicas y de madurez, de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Grado para el año académico 2011-2012. [Cód. 2011-08513]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores, en su artículo 12 dispone como requisito para el acceso a estas enseñanzas conducentes al título de Graduado o Graduada, estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, así como la superación de las correspondientes pruebas específicas a las que se refieren los artículos 54 a 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El artículo 69 de la citada Ley establece que los mayores diecinueve años podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores mediante la superación de una prueba específica que acredite que el aspirante posee la madurez en relación con los objetivos del bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas.

En desarrollo del Real Decreto 1614/2009, se reguló el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático, en Música, en Diseño y en Conservación y Restauración de Bienes Culturales mediante los Reales Decretos 630/2010, 631/2010, 633/2010 y 635/2010, de 14 de mayo, respectivamente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11, apartados 2 y 3 del citado Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, una vez autorizada la implantación de las enseñanzas artísticas superiores de Grado, por Resoluciones de 5 de julio de 2010, en la Escuela Superior de Arte Dramático y Profesional de Danza, en el Conservatorio Superior de Música “Eduardo Martínez Torner” y en la Escuela Superior de Arte del Principado de Asturias, se han determinado los planes de estudios de las enseñanzas de Grado en Arte Dramático, en Música, en Diseño y en Conservación y Restauración de Bienes Culturales en sendas Resoluciones de 9 de julio de 2010.

En el curso 2010-2011 se han iniciado las enseñanzas artísticas superiores de Grado. Procede ahora convocar las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas de Grado en Arte Dramático, Música, Diseño, y Conservación y Restauración de Bienes Culturales para el año académico 2011-2012 y la prueba de madurez para mayores de 19 años que no reúnan el requisito académico de acceso.

Por todo ello, vistos el Decreto 109/2010, de 4 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación y Ciencia; el artículo 38 i) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, y los artículos 32 a 34 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, a propuesta de la Dirección General de Políticas Educativas, Ordenación Académica y Formación Profesional,

RESUELVO

Primero.—Convocar las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático, en Música, en Diseño y en Conservación y Restauración de Bienes Culturales para el curso 2011-2012 en el ámbito del Principado de Asturias y la prueba de madurez para mayores de 19 años que no reúnan el requisito académico de acceso, de acuerdo con lo establecido, respectivamente, en los anexos I, II, III, IV y V de la presente Resolución, y aprobar los calendarios de la convocatoria que se insertan como anexo VI.

Segundo.—Autorizar al titular de la Dirección General de Políticas Educativas, Ordenación Académica y Formación Profesional para dictar cuantas medidas sean necesarias para la aplicación e interpretación de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanear ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 14 de abril de 2011.—El Consejero de Educación y Ciencia, Herminio Sastre Andrés.—Cód. 2011-08513.

Anexo I
  1. PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE GRADO EN ARTE DRAMÁTICO

  1. —Requisitos para inscripción.

    Podrán concurrir a la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático quienes cumplan alguno de los siguientes requisitos:

    1. Estar en posesión del título de Bachiller, o título declarado equivalente a efectos académicos.

    2. Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

    3. Haber superado la prueba de madurez establecida en el anexo V de la presente resolución.

  2. La superación de la prueba específica de acceso permitirá acceder, únicamente en el año académico para el que haya sido convocada, a cualquiera de los centros del Estado donde se cursen estas enseñanzas, sin perjuicio de la disponibilidad de plazas en los mismos.

  3. —Inscripción en la prueba específica.

  4. La inscripción para la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático se realizará en la Escuela Superior de Arte Dramático y Profesional de Danza del Principado de Asturias, sita en Gijón.

  5. La solicitud de inscripción se presentará en el plazo fijado en el calendario de la convocatoria y conforme al modelo que se establece en el apartado B) de este anexo.

  6. Las personas con alguna discapacidad que precisen algún tipo de adaptación posible de tiempo y medios para la realización de la prueba, deberán formular la correspondiente petición concreta en el momento de solicitar la inscripción.

  7. —Documentación.

  8. Quienes deseen inscribirse en la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático deberán acompañar a su solicitud de inscripción los siguientes documentos:

    1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o del número de identificación de extranjero. La presentación de la fotocopia del DNI o NIE, no será precisa si la persona solicitante consiente que se consulten los datos relativos a dichos documentos, de conformidad con lo previsto en la Resolución de 9 de enero de 2009, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se publican los procedimientos adaptados para la transmisión tecnológica y automática de cesión de datos relativos a DNI o NIE y certificado de empadronamiento para el ejercicio del derecho 6.2 b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (BOPA núm. 32, de 9 de febrero).

    2. Quienes estén en posesión del título de Bachiller o equivalente, deberán adjuntar una fotocopia compulsada del mismo o del justificante de haber abonado sus derechos de expedición, o de la certificación expedida por el Director o la Directora del centro correspondiente de haber superado las enseñanzas de bachillerato.

    3. Quienes hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años presentarán fotocopia compulsada de la certificación que lo acredite.

    4. Quienes hubieran superado la prueba de madurez establecida en el anexo V de la presente resolución deberán presentar fotocopia compulsada del certificado de superación de la misma.

    5. Todas las personas que se presenten a la prueba específica deberán aportar el justificante de haber efectuado el ingreso bancario por el importe del precio público correspondiente a los derechos de examen establecido por el Principado de Asturias y vigente en el momento de la inscripción.

    6. Las personas con alguna discapacidad, que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y medios para la realización de las pruebas, adjuntarán a su solicitud un certificado acreditativo del grado de minusvalía expedido por la autoridad competente al efecto.

  9. La Escuela Superior de Arte Dramático y Profesional de Danza del Principado de Asturias facilitará a las personas interesadas en participar tanto en la prueba de madurez como en la prueba específica de acceso, la información y la orientación necesarias. Asimismo, se comprobará que las solicitudes estén debidamente cumplimentadas y que se adjuntan los documentos acreditativos que se precisen.

  10. —Relación provisional y definitiva de personas admitidas y excluidas.

  11. En el día indicado en el calendario de la convocatoria, el Director o la Directora de la Escuela Superior de Arte Dramático y Profesional de Danza publicará en el tablón de anuncios del centro la relación provisional de las personas inscritas que hayan sido admitidas a la prueba y, en su caso, las excluidas, con indicación de las causas de exclusión. En la relación se indicará el Grado y la especialidad para los que se solicita la participación en la prueba.

    Contra la relación provisional se podrán formular las alegaciones que se consideren oportunas ante el Director o la Directora del centro docente correspondiente en el plazo establecido en el calendario de la convocatoria.

  12. La relación definitiva de personas admitidas y excluidas será publicada por el Director o la Directora del centro docente el día indicado en el calendario de la convocatoria.

  13. —Realización de la prueba específica de acceso.

  14. La prueba específica de acceso se realizará en la Escuela Superior de Arte Dramático y Profesional de Danza...

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