Resolución de 6 de septiembre de 2001, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de Modificación al Convenio de Colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Educación y Cultura, y el Ayuntamiento de Valdés, para la construcción de un campo de fútbol en Trevías.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyResolución

Habiéndose suscrito con fecha 2 de agosto de 2001, Modificación al Convenio de Colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Educación y Cultura, y el Ayuntamiento de Valdés, para la construcción de un campo de fútbol en Trevías, y estableciendo el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de cooperación en el Boletin Oficial del Principado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 6 de septiembre de 2001.¿La Consejera de la Presidencia.

Anexo MODIFICACION AL CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA Y EL AYUNTAMIENTO DE VALDES PARA LA CONSTRUCCION DE UN CAMPO DE FUTBOL EN TREVIAS En Oviedo, a 2 de agosto de 2001.

Reunidos Don Daniel Gutiérrez Granda, Director General de Deportes del Principado de Asturias, autorizado para la firma de la presente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 12 de julio de 2001.

Don Jesús Landeira Alvarez-Cascos, Alcalde del Ayuntamiento de Valdés.

Ambas partes comparecientes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen la capacidad legal para otorgar el presente convenio.

Exponen Que el veintiuno de diciembre de dos mil fue firmado un convenio entre las instituciones arriba mencionadas con el objeto de cooperar en la realización de las obras de construcción de un campo de fútbol en Trevías en el concejo de Valdés.

Que en la cláusula segunda se establecen las aportaciones económicas a realizar por la Consejería de Educación y Cultura, así como otras consideraciones de tipo presupuestario.

Que una vez analizadas las necesidades deportivas y detectada la necesidad de proceder a la construcción de vestuarios y aseos además del terreno de juego, y redactado el proyecto técnico para la ejecución de la citada obra de construcción del campo de fútbol, su presupuesto asciende a una cantidad mucho más elevada que la manejada en un primer momento.

Que el Ayuntamiento de Valdés, por su tamaño y el presupuesto que maneja, no puede asumir este aumento.

Por todo ello, se Acuerda Modificar la cláusula segunda del convenio de 21 de diciembre de...

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