Resolución de 17 de mayo de 2013, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2013. [Cód. 2013-09762]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

En relación con el expediente relativo a la convocatoria de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2013, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—El Principado de Asturias se caracteriza por ser una comunidad con una importante tradición migratoria, emigración que se dirigió principalmente hacia América latina.

En las últimas tres décadas, la realidad política, social y económica de los países de acogida ha sufrido una fuerte recesión económica afectando a un gran número de asturianos y asturianas y a sus descendientes que por motivos económicos y familiares les es difícil la vida allí, siendo especialmente delicada esta situación para quienes han envejecido en la emigración y carecen de recursos con los que poder sobrevivir.

Por ello es preciso solventar los problemas de estas personas que se encuentran en situación de precariedad, de necesidad o de emergencia social, haciendo hincapié principalmente en los asturianos y asturianas mayores de 65 años.

Segundo.—Con fecha de 20 de marzo de 2013, se dictó Resolución de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para 2013 (BOPA n.º 72, de 27 de marzo de 2013). La presente línea de subvención se encuentra recogida en el citado Plan Estratégico.

Tercero.—Con fecha 5 de abril de 2013 (BOPA n.º 86, de de 15 de abril de 2013) se dictó Resolución de la Consejería de Presidencia por la que se aprueban las Bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales a los asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior.

Cuarto.—Con fecha de 15 de mayo de 2013, el Consejo de Gobierno autorizó el gasto destinado a financiar la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2013, por importe global de trescientos setenta y cinco mil euros (375.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 11.03.313B.494.001 de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para el 2013, realizado el documento contable de autorización del gasto y previo informe favorable de la Intervención General de fecha 29 de abril de 2013.

Fundamentos de derecho

Primero.—En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9.2 y 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y los artículos 6.2 y 7 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, modificado por Decreto 14/2000, de 11 de febrero, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, el otorgamiento debe realizarse mediante convocatoria pública, previa aprobación de las bases reguladoras de la mismas.

Segundo.—La autorización del gasto se aprobó por Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de mayo de 2013 de conformidad con lo señalado en el artículo 41 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, en relación con el artículo 8.1 de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para el 2013.

Tercero.—La competencia para ordenar la convocatoria pública, previa autorización del gasto, corresponde al titular de la Consejería de Presidencia, al amparo de lo previsto en el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias y los artículos 3 y 7 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de subvenciones en el Principado de Asturias, en relación con el Decreto 71/2012, de 14 de junio, que regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia.

En su virtud,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior de la Consejería de Presidencia, para el año 2013 por un importe global de trescientos setenta y cinco mil euros (375.000,00 €), con cargo a la partida presupuestaria 11.03.313B.494.001 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2013.

Segundo.—El régimen regulador de la concesión de estas subvenciones es el establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en el Decreto 71/1992, de 29 de noviembre, modificado por Decreto 14/2000, de 11 de febrero, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias y por Resolución de 5 de abril de 2013, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 86 de 15 de abril de 2013.

Tercero.—Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene como objeto la regulación de la concesión de ayudas económicas individuales, directas, extraordinarias, no periódicas, de carácter social y asistencial destinadas a asturianos y asturianas y descendientes residentes en América Latina: América del Sur, América Central, Países del Mar Caribe y Méjico, que se encuentran en una situación de...

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