Decreto 54/2010, de 23 de junio, por el que se acepta la cesión gratuita en propiedad por el Ayuntamiento de Coaña de la planta primera del edificio de las antiguas escuelas de Orbaelle, así como de la planta primera del edificio de las antiguas escuelas de La Ronda, ambos de propiedad municipal, con destino a su adjudicación como viviendas destinadas a familias con riesgo de exclusión social.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejeria de Vivienda y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Coaña, reunido en sesión plenaria celebrada el 10 de octubre de 2008, acordó la cesión gratuita en propiedad al Principado de Asturias, de la planta primera del edificio municipal de las antiguas escuelas de Orbaelle, así como de la planta primera del edificio municipal de las antiguas escuelas de La Ronda, con destino a su adjudicación como viviendas destinadas a familias con riesgo de exclusión social.

El artículo 26 de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias, preceptúa que las adquisiciones de bienes a título de donación, no se producirán sino en virtud de Decreto, acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda. No obstante, la disposición adicional 1.ª de dicha Ley 1/1991 establece una excepción a la regla general por razón de la materia, correspondiendo la tramitación de la presente propuesta a la Consejería competente en materia de vivienda.

Visto lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Bienestar Social y Vivienda y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 23 de junio de 2010,

Dispongo

Artículo 1

º—Aceptar la cesión gratuita en propiedad de la planta primera del edificio de las antiguas escuelas de Orbaelle, así como de la planta primera del edificio de las antiguas escuelas de La Ronda, ambos de propiedad municipal, acordada por el Ayuntamiento de Coaña en sesión plenaria de fecha 10 de octubre de 2008, con destino a su adjudicación como viviendas destinadas a familias con riesgo de exclusión social.

Se describen de la siguiente forma:

Urbana: Departamento numero dos. Vivienda en la planta primera del edificio sito en la localidad de Orbaelle, Coaña. Tiene una superficie útil de cincuenta y cinco metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Linda: por la derecha entrando, por la izquierda y por el fondo, con el solar del que forma parte, y por el frente, con el hall y las escaleras. Tiene una cuota de participación de cincuenta y tres enteros con diez centésimas por ciento. El inmueble se halla inscrito en el Registro de la Propiedad de Castropol al tomo 670, libro 60, folio 122, inscripción primera, finca n.º 11349. Se halla sujeto a las limitaciones del artículo 207 de la Ley Hipotecaria.

Dicho inmueble ha sido valorado por técnico competente de la...

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