Resolución de 23 de julio de 2014, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se aprueban las bases previas que han de regir la adjudicación de permisos de pesca fluvial en cotos de salmón, trucha y reo para la temporada 2015. [Cód. 2014-13481]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en la Ley del Principado de Asturias 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de pesca en aguas continentales y vistas la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y Consejo de Gobierno, y demás disposiciones de general aplicación.

Teniendo en cuenta que la normativa anual de pesca lleva un trámite mas prolongado de aprobación y es la que determina la oferta real de cotos, lo que implica bases adicionales de elección, no pudiendo posponerse otras.

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases previas que han de regir la adjudicación de permisos en acotados de pesca para la temporada de pesca fluvial 2015, que se incorporan como Anexo I a la presente resolución.

Segundo.—Aprobar el modelo de solicitud de permiso de coto que se incorpora como Anexo II de esta Resolución.

Tercero.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Contra la presente resolución cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, en ambos casos, desde el día siguiente a la publicación.

Oviedo, 23 de julio de 2014.—La Directora General de Recursos Naturales (P. D. Resolución 03-07-12, BOPA 06-VII-12).—Cód. 2014-13481.

Anexo I

Bases que han de regir la adjudicación de permisos de pesca fluvial en cotos de salmón, trucha y reo

I.—Tipos de permisos.

I.1. Los permisos se dividirán en los siguientes tipos:

  1. Permisos de carácter turístico: Son los destinados al fomento del turismo para su distribución entre pescadores extranjeros y comunitarios no españoles. La Administración exigirá la justificación documental de la nacionalidad que se declara.

  2. Permisos generales: Son los destinados a pescadores nacionales y ciudadanos miembros de la Unión Europea siempre que no concurran al sorteo de permisos turísticos.

Los permisos son de carácter nominal, individual e intransferible, no siendo posible realizar sustituciones de ningún tipo en los mismos.

I.2. Permisos de turismo.

El sistema de adjudicación de los permisos de turismo se regulará en norma específica al efecto, facilitando, además de la elección de...

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