Acuerdo del Consejo de Administración, de 8 de febrero de 2016, por el que se aprueban las presentes bases-convocatoria que regulan la concesión de aportaciones a las entidades locales integradas en el Consorcio para la Gestión de Residuos Sólidos en Asturias para financiar en el año 2016 la recogida separada de materia orgánica. [Cód. 2016-01537]

SecciónVI - Otros Anuncios
Rango de LeyAcuerdo

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados establece que, antes de 2020, la cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50% en peso.

Con la finalidad de dar cumplimiento a esos objetivos se trata de fomentar la recogida separada de materia orgánica presente en los residuos domésticos y comerciales por los Ayuntamientos.

Continuando con la línea de ayudas iniciada en el año 2014 y en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Cogersa SAU, de fecha 8 de febrero de 2016, se acordó aprobar una nueva convocatoria para la concesión de aportaciones a las entidades locales integradas en el Consorcio para la Gestión de Residuos Sólidos en Asturias, para financiar en el año 2016 la recogida separada de materia orgánica presente en los residuos domésticos y comerciales, la cual se regirá por las bases que a continuación se transcriben. Podrán participar las entidades a las que ya les ha sido concedida subvención en virtud de las anteriores convocatorias, siempre que la soliciten para actuaciones o gastos que no han sido subvencionados.

  1. —Objeto de la convocatoria.

    Mediante el presente acuerdo se convoca un proceso de concurrencia competitiva y se aprueban las bases para regular el procedimiento, requisitos y condiciones de concesión de aportaciones a las entidades locales integradas en el Consorcio para la Gestión de Residuos Sólidos en Asturias o a las sociedades instrumentales de ellas dependientes, para financiar en el año 2016 proyectos o acciones cuyo objeto sea fomentar la recogida separada de materia orgánica presente en los residuos domésticos y comerciales.

    Las aportaciones se regirán por la Ley General de Subvenciones (LGS), lo previsto en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (RLGS) y lo dispuesto en las presentes bases-convocatoria reguladoras de las aportaciones y por las disposiciones señaladas en el artículo 5.1 LGS.

  2. —Cuantía máxima.

    El importe que destina Cogersa SAU a la presente convocatoria será como máximo de 840.000 euros para el año 2016.

  3. —Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de aportaciones.

    Las actuaciones susceptibles de ser objeto de las ayudas previstas en las presentes Bases deberán responder a los siguientes requisitos:

    1. Actuaciones promovidas por los ayuntamientos vinculadas a la recogida separada de materia orgánica presente en los residuos domésticos y comerciales consistentes en la adquisición de contenedores específicos, la contratación de campañas de publicidad y/o los costes de su recogida y transporte.

    2. Proyectos y actuaciones ejecutables hasta el 31 de diciembre de 2016.

    Para que dichas acciones sean elegibles habrán de serlo los gastos a los que se apliquen los fondos en los términos establecidos en el artículo 31 LGS y en las presentes bases-convocatoria.

    El número máximo de proyectos a presentar por cada entidad local será de uno.

    El objeto de esta recogida separada será la materia orgánica presente en los residuos domésticos, en los comerciales (excluyendo los Sandach Categoría III), en los establecimientos de hostelería y restauración, servicios de catering y comedores de edificios colectivos (colegios, hospitales, residencias de ancianos, etc.); es decir: restos de alimentos cocinados y no cocinados (tales como verduras, frutas, legumbres, pan...), posos y filtros de café e infusiones, etc.

    Esta fracción será obtenida de forma clasificada mediante una recogida específica, con contenedores específicos y tras un proceso de información ciudadana centrado en formar e informar sobre lo que se debe depositar en el contenedor y/o cubo correspondiente, con un color específico de esa recogida (normalmente marrón).

    Los rechazos de esta recogida no podrán superar el 30% conforme a los criterios de aceptación de los servicios técnicos de Cogersa.

    Cogersa instalará en las estaciones de transferencia autocompactadores o equipos similares para recepción de ese material, al objeto de permitir la transferencia de materia orgánica recogida que llegue separadamente.

    Se deberá comunicar a Cogersa, con la debida antelación, el inicio de este tipo de recogidas al objeto de preparar el transporte y/o recepción de este material.

    Las aportaciones objeto de las presentes bases serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de las aportaciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones...

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