Decreto 116/2010, de 1 de septiembre, por el que se acuerda la fusión de centros de la Universidad de Oviedo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion y Ciencia
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 18, según redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 1/1994, de 24 de marzo, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y las leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

El artículo 7 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, modifica sustancialmente las denominaciones de los centros universitarios estableciendo que las Universidades Públicas estarán integradas por Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación y por aquellos otros centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones. Por otro lado, de acuerdo con los artículos 8 y 35 de la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, la creación, modificación y supresión de Escuelas y Facultades, así como la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, por propia iniciativa con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad o bien por iniciativa de la Universidad mediante propuesta de su Consejo de Gobierno, en ambos casos con el informe favorable del Consejo Social de la Universidad, siendo necesario proceder a informar de lo acordado a la Conferencia General de Política Universitaria.

En desarrollo de la Ley Orgánica de Universidades, el Decreto 90/2009, de 29 de julio, de Enseñanzas Universitarias Oficiales y Centros en el Principado de Asturias, regula la creación, fusión, modificación, supresión y cambio de denominación de centros universitarios en su artículo 17 y en su disposición transitoria primera establece que las Escuelas Universitarias y Escuelas Universitarias Técnicas actuales se fusionarán con...

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