Decreto 149/2001, de 27 de diciembre, por el que se actualizan los precios públicos de cuantía fija.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

Preámbulo Los precios públicos, al igual que las tasas, se cuantifican en función de los costes inherentes al servicio o actividad que se remunera. Con el fin de mantener la correspondencia precio-coste que sirvió de base a su establecimiento, la Ley de Presupuestos Generales del Principado para el año 2002, al igual que en ejercicios anteriores, actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas en un porcentaje equivalente al que se espera que evolucionen los referidos costes. En consonancia con ello se hace preciso proceder a la misma actualización con respecto a los precios públicos, si bien por una norma con el mismo rango normativo que exige su establecimiento.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 27 de diciembre de 2001, D I S P O N G O Artículo único.- Cuantía de los precios públicos.

  1. Durante el ejercicio 2002, los tipos de cuantía fija de los precios públicos del Principado de Asturias se elevarán hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el año 2001. Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

  2. Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado anterior los precios públicos de carácter estacional o de temporada que hubiesen sido objeto de modificación específica por normas que extiendan sus efectos hasta el año 2002, así como aquellos que sean objeto de modificación específica conforme a lo establecido en su normativa reguladora. Igualmente se excluye de la elevación anterior los precios públicos por la prestación de servicios del Organismo Autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias, así como los precios...

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