Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, de 28 de junio de 2012, por el que se modifica la Normativa sobre Matrícula y Regímenes de Dedicación en los Estudios Oficiales de Grado y de Máster. [Cód. 2012-12385]

SecciónOtras Disposiciones
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyAcuerdo

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, en sesión celebrada el 28 de mayo de 2009, aprobó, entre otros asuntos, la normativa sobre matrícula y regímenes de dedicación en los estudios oficiales de Grado y de Máster, siendo de aplicación a partir del curso académico 2009-2010.

No obstante, la diversidad de las situaciones que se han planteado respecto a los estudiantes de Máster, en el tiempo transcurrido desde la aplicación del Acuerdo, confluían en la demanda de una mayor flexibilización de los créditos mínimos del régimen de dedicación a tiempo parcial, precisamente para hacer compatible el estudio con la actividad laboral.

A efectos de su consideración por el Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en el artículos 174.2 del Decreto 12/2010, de 3 de febrero del Principado de Asturias, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo, el Vicerrectorado de Estudiantes, eleva al Consejo de Gobierno, la adopción del siguiente,

ACUERDO

Modificar el apartado 1 del artículo 1 y el cuadro resumen de créditos del Acuerdo de 28 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba la normativa sobre matrícula y regímenes de dedicación en los estudios oficiales de Grado y de Máster, en los siguientes términos:

1. Tiempo parcial. Para seguir el régimen de dedicación a tiempo parcial el estudiante deberá formalizar su matrícula en las siguientes condiciones:

a. Al iniciar estudios, debe matricularse exactamente de 36 créditos ECTS correspondientes a asignaturas del primer curso de Grado o de un mínimo de 18 ECTS y...

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