Resolución de 15 de junio de 2011, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas, sin fines de lucro, para la realización de actuaciones de compensación y promoción educativa durante el curso 2011/2012. [Cód. 2011-12425]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

Es objeto de esta convocatoria contribuir al desarrollo de actuaciones de compensación y promoción educativa en centros docentes y servicios socio-educativos sostenidos con fondos públicos, que repercutan en la mejora del éxito escolar y la prevención del abandono escolar. Estas acciones irán dirigidas de manera general al desarrollo de actuaciones para la promoción de la convivencia escolar y, de manera específica, a favorecer el desarrollo de actuaciones de compensación educativa dirigidas a la inclusión socio-educativa de los destinatarios que a continuación se definen:

  1. El alumnado inmigrante, perteneciente a minorías étnicas o culturales o que por sus condiciones sociales y/o territoriales se encuentre en situación de desventaja respecto al acceso, permanencia y promoción del sistema educativo.

  2. El alumnado discapacitado o que por presentar una enfermedad grave o encontrarse en período de convalecencia se encuentre en una situación social de desventaja, con dificultades de acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo.

    El Fondo Social Europeo colabora en la financiación de esta convocatoria, a través del Convenio de Colaboración subscrito entre el Ministerio de Educación y el Principado de Asturias para el desarrollo de la LOE, destinando 80.048,00 euros procedentes del Programa para disminuir el Abandono Prematuro del Sistema Educativo.

    Fundamentos de derecho

    Vistos el artículo 18 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 12/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2011; el art. 2 del Decreto 34/2008, de 26 de noviembre, de reestructuración de las Consejerías que integran la Comunidad Autónoma, todo ello en cuanto a la determinación de las competencias y facultades para adoptar la presente Resolución; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, que regula el régimen general de concesión de subvenciones del Principado de Asturias; la Resolución de la Consejería de Hacienda de 11 de febrero de 2000 por la que se regula el régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones, la Resolución de 16 de julio de 2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas, sin fines de lucro, para la realización de actuaciones de compensación de desigualdades en la Educación (BOPA de 25 de agosto de 2008) y las demás normas vigentes que sean de aplicación, en cuanto al procedimiento.

    En consecuencia,

    RESUELVO

    Primero.—Aprobar la convocatoria de subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas, sin fines de lucro, que se inserta como anexo, para la realización de actuaciones de compensación y promoción educativa durante el curso 2011/2012.

    Segundo.—Autorizar un gasto total máximo de 130.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02.422E.482059 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 2011.

    Tercero.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

    Cuarto.—Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que se interponga éste.

    En Oviedo, a 15 de junio de 2011.—El Consejero de Educación y Ciencia, Herminio Sastre Andrés.—Cód. 2011-12425.

    Anexo

    CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES, ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES E INSTITUCIONES PRIVADAS, SIN FINES DE LUCRO, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE COMPENSACIÓN Y PROMOCIÓN EDUCATIVA DURANTE EL CURSO 2011/2012

    Primero.—Objeto y finalidad.

    La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas, sin fines de lucro, para la realización de actuaciones de compensación y promoción educativa durante el curso 2011/2012.

    La finalidad es favorecer la inserción socio-educativa de:

    1. Alumnado inmigrante, perteneciente a minorías étnicas o culturales o que por sus condiciones sociales y/o territoriales se encuentre en situación de...

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