Resolución de 27 de enero de 2000, de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Veterinarios, de la Administración del Principado de Asturias y se revoca el convocado por Resolución de 22 de octubre de ...

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyResolución

Mediante Resolución de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos dictada el 22 de octubre de 1999 y publicada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias correspondiente al 6 de noviembre de 1999, se convocó concurso de traslados entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Veterinarios, de esta Administración.

Esta convocatoria supuso una de las fases habituales que integran el devenir de la ejecución de cada oferta de empleo público, en este caso, la aprobada para 1998. En efecto, cons tituye una actuación constante y reiterada en esta Administración el que con anterioridad a que los recién nombrados funcionarios de carrera, cualquiera que fuere su cuerpo o escala, escojan para su toma de posesión puesto de trabajo o destino de entre los ofertados por la oferta de empleo público, se ofrezca a quienes ya fueran funcionarios de carrera del mismo cuerpo o escala la posibilidad de acceder a alguno de aquellos puestos en virtud de concurso convocado a este efecto, con la consecuencia, en este caso, de que a los funcionarios de nuevo ingreso se les oferten finalmente puestos que hubieran resultado vacantes en el citado concurso siempre que fueren de la misma naturaleza que los incluidos inicialmente en la oferta de empleo público, esto es, no singularizados, ya que de no serlo sería necesaria la celebración de ulteriores concursos hasta alcanzar un número suficiente de puestos adecuados para ser ofertados al personal de nuevo ingreso. Pues bien, a la vista de la convocatoria aludida al principio, y, en especial, al número de instancias presentadas y de su procedencia, se hace patente la insuficiencia de dicha convocatoria para obtener un número suficiente de puestos adecuados que ofrecer a los nuevos funcionarios de carrera, lo cual conduce a la consideración de que aquel acto ha devenido inadecuado a uno de los fines para los que fue dictado, requiriéndose en consecuencia, ora el dictado de otros que permitan alcanzar dichos fines, léase convocatoria o convocatorias sucesivas, ora la revocación de aquella convocatoria, de la que aún no se derivan derechos adquiridos, y la aprobación de otra que llame a la provisión de los puestos inicialmente convocados y de cualesquiera otros de la misma naturaleza que al momento presente se hallen en condiciones de ser provistos, lo que en verdad amplía las expectativas de derechos de los interesados.

En virtud de cuanto antecede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de la Administración del Principado de Asturias para 1998, aprobada por el Consejo de Gobierno de 27 de agosto del mismo año y publicada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 11 de septiembre, y de conformidad con lo previsto en el art. 15, apartado g), de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la...

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