DECRETO 21/2004, de 11 de marzo, de segunda modificación del Decreto 22/1993, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los Funcionarios de la Administración del Principado de Asturias.

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Vegadeo
Rango de LeyDecreto

El presente Decreto tiene por objeto solventar la laguna existente en la normativa en vigor en materia de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, el Decreto 22/1993, de 29 de abril, y que consiste en que, a la hora de elegir destino tras superar los procesos selectivos de acceso a la función pública, dicha norma únicamente establece la preferencia del turno de promoción interna sobre el turno libre, pero no se menciona la situación en que quedan los aspirantes procedentes del cupo de personas con discapacidad. Dichos aspirantes se encuadran en el turno libre, pero son objeto de un cupo propio, con listado de aspirantes que superan el proceso selectivo distinto que los del resto del turno libre.

Dado que el objeto del cupo de discapacitados es favorecer el acceso de dichas personas al empleo público, resulta preciso que elijan destino con preferencia a los restantes aspirantes del turno libre con el fin de que puedan obtener un puesto compatible con su discapacidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública, habiendo sido sometido a informe de la Junta de Personal Funcionario y de la Comisión Superior de Personal, y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 11 de marzo de 2004, D I S P O N G O Artículo único Se añade un párrafo segundo al artículo 5.1., con la siguiente redacción: ¿Los aspirantes procedentes del cupo de reserva para personas con discapacidad elegirán destino con posterioridad al turno de promoción interna y con preferencia a los restantes aspirantes del turno libre.¿ Disposición final única El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de...

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