Resolución de 4 de junio de 2015, del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), por la que se conceden y deniegan diversas ayudas al personal incluido durante el curso 2011/2012, en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias adscrito al SESPA. [Cód. 2015-10005]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias de fecha 8 de mayo de 2006, se aprueban las bases que han de regir la concesión de ayudas de Acción Social promovidas por el Servicio de Salud del Principado de Asturias destinadas a sus empleados públicos.

Segundo.—Mediante Resolución del Servicio de Salud del Principado de Asturias de fecha 26 de enero de 2015, se convocan ayudas para el personal laboral incluido en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal laboral de la Administración del Principado de Asturias adscrito al SESPA durante el curso 2011/2012.

Tercero.—Por Resolución de 23 de marzo de 2015, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, se aprueba la lista de admitidos y excluidos de solicitudes de ayudas para el personal incluido durante el curso 2011/2012, en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias adscrito al SESPA.

Cuarto.—Tramitado el correspondiente expediente y de conformidad con lo dispuesto en la convocatoria, ha sido emitido informe por la Comisión Calificadora de las solicitudes presentadas por los participantes en las ayudas convocadas mediante la citada Resolución de 26 de enero de 2015.

Fundamentos de derecho

Primero.—La competencia para resolver el presente expediente viene atribuida al Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 1/1992, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en su redacción dada en la última modificación por Ley 14/2001, de 28 de diciembre. Dicha competencia ha sido delegada en la Secretaria General por Resolución de 28 de noviembre de 2014 (publicada en el BOPA número 283 de 9 de diciembre de 2014).

Segundo.—En la Ley del Principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015, existe crédito adecuado y suficiente para las ayudas correspondientes al ejercicio 2012 del personal laboral adscrito al SESPA.

Tercero.—En el anexo I, apartado sexto. 3.c) de la convocatoria, se indica que si “una vez atendidas todas las ayudas, existe crédito sobrante, se repartirá dicho crédito entre las ayudas inicialmente concedidas de acuerdo a lo establecido en el apartado cuarto.2, del anexo IV de esta convocatoria, hasta alcanzar dichas ayudas una cuantía máxima de 200 euros.” Asimismo se establece que...

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