Resolución de 16 de octubre de 2017, de la Gerencia del Área Sanitaria I del Servicio Público de Salud del Principado de Asturias, por la que se resuelve el proceso selectivo para la cobertura del puesto de Supervisor/a de Área de Profesionales y Competencias. [Cód. 2017-11498]

SecciónAutoridades y Personal
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 16 de agosto de 2017, de la Gerencia del Área Sanitaria I, del Servicio Salud del Principado de Asturias, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 1 de septiembre de 2017, al amparo de lo previsto en el Decreto 87/2014, de 8 de octubre, por el que se regulan los sistemas de provisión de puestos de trabajo singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias, se convocó proceso selectivo para la cobertura de un puesto de Supervisor/a de Área de Profesionales y Competencias.

Finalizadas las dos fases de que constaba el citado proceso selectivo, a la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Valoración, de conformidad con lo previsto en los artículos noveno y décimo del mencionado Decreto 87/2014, de 8 de octubre, y en las bases octava a décima de la convocatoria, y en virtud de la competencia establecida por delegación del Director Gerente del SESPA, (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 9 de diciembre de 2014), esta Gerencia,

RESUELVE

Primero.—Adjudicar el puesto de Supervisor/a de Área de Profesionales y Competencias a doña Begoña Alonso Fernández, DNI 45.426.821G.

Segundo.—La candidata designada deberá tomar posesión del puesto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Tercero.—La recién nombrada para el puesto de Supervisora de Área de Profesionales y Competencias deberá superar la evaluación que se llevará a cabo al final de cada período de cinco años de desempeño efectivo del puesto, pudiendo acordarse su continuidad, por periodos similares, siempre que la interesada supere las evaluaciones realizadas conforme al procedimiento establecido en los artículos 11 y 12 del citado Decreto 87/2014, de 8 de octubre, y de lo establecido en el artículo 13 del precitado Decreto.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, y en el artículo...

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