Resolución de 16 de noviembre de 2017, de la Gerencia del Área Sanitaria IV del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la contratación temporal de un Facultativo Especialista (FEA) en el Área de Gestión Clínica de Salud Mental del Área Sanitaria IV. [Cód. 2017-12949]

SecciónAutoridades y Personal
Rango de LeyResolución

Teniendo que cubrir temporalmente la necesidad de un de Facultativo Especialista de Área en Psiquiatría en el AGC de Salud Mental del Área IV, esta Gerencia, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 17 A) del Pacto sobre contratación de personal temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias, una vez informada la mesa de contrataciones del área y en virtud de la delegación de atribuciones conferida por Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud de fecha 3 de agosto de 2012 (BOPA 6/VIII/2012), procede a efectuar oferta de incorporación dirigida al personal F.E.A., conforme a las siguientes

BASES

Primera.—Plaza objeto de provisión.

Se convoca la contratación mediante nombramiento estatutario eventual, de un Facultativo Especialista en Psiquiatría en el Área Sanitaria IV, para dar cobertura a las necesidades generadas entre otros, en el dispositivo de atención a la salud mental infanto-juvenil.

El nombramiento será de duración determinada, entre la resolución de la presente convocatoria y el 30 de abril de 2018, siendo las funciones a realizar las propias de un especialista en Psiquiatría.

Segunda.—Procedimiento.

El procedimiento de selección y designación seguirá los criterios establecidos en el artículo 16 y 17.A del Pacto sobre Contratación de Personal Temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Tercera.—Requisitos de los aspirantes.

3.1) Serán requisitos necesarios para la admisión como aspirante a la convocatoria:

  1. Estar en posesión del título de Licenciado o Doctor en Medicina y Cirugía y del Título de la especialidad de Psiquiatría, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia o por alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o de otros Estados, válidamente homologados en España.

  2. Cumplir los requisitos previstos en el artículo 30.5, en relación con el artículo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

  3. No ostentar la condición de personal estatutario fijo, laboral fijo o funcionario de carrera, en la categoría o bien en el cuerpo-escala correspondiente o concordante con la plaza objeto de esta convocatoria, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación.

3.2) Los requisitos expresados habrán de cumplirse a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes. La falta de acreditación de los mismos dará lugar a la exclusión como aspirante, o en su caso, a la rescisión del nombramiento, si la no acreditación fuese apreciada tras su formalización.

3.3) Los requisitos del apartado a), así como los de nacionalidad y edad del apartado b), habrán de ser expresamente acreditados mediante la presentación del título compulsado y del DNI o documento análogo.

Cuarta.—Solicitudes y plazo de presentación.

4.1) La solicitud para participar en esta convocatoria, dirigida al Gerente del Área Sanitaria IV, se presentará en el Registro General del Hospital Universitario Central de Asturias o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según modelo que se adjunta como anexo II.

4.2) El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPA.

4.3) Junto con la solicitud, los interesados presentarán su currículum, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, así como los méritos alegados, en documento original o copia debidamente compulsada. La ordenación de ambos habrá de ajustarse a la estructura de baremación de méritos, del Baremo de Méritos para Personal Facultativo Sanitario de Atención Especializada, contenido en el anexo I del vigente Pacto sobre contratación de personal temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

4.4) La acreditación de la experiencia profesional habrá de realizarse por medio de certificación de servicios prestados en la especialidad. La presentación de documentación relativa a nombramientos, contratos o vida laboral, no acredita período alguno de prestación de servicios, por lo que no tendrá ningún valor a efectos del cómputo de méritos.

4.5) No serán valorados los méritos alegados que no se acrediten documentalmente. A estos efectos, toda copia de documentos presentada habrá de estar debidamente compulsada, en prueba o como comprobación de su autenticidad.

Quinta.—Comisión de Selección.

5.1) Se constituirá una Comisión de Selección, que estará integrada por cinco miembros:

• El Director del Hospital o persona en quien delegue, que hará las funciones de Presidente.

• El responsable del AGC, UGC o del Servicio solicitante de la contratación, o persona en quien delegue.

• Dos Facultativos adscritos al Servicio de Salud del Principado de Asturias.

• Un Titulado Superior de la Dirección Económica y de profesionales, que actuará como Secretario, con voz, pero sin voto.

5.2) Por cada miembro titular se nombrará un miembro suplente que actuará en ausencia del anterior. Todos los miembros de la comisión, tanto titulares como suplentes, deberán encontrarse en posesión de titulación de igual o superior nivel académico que la exigida para el puesto objeto de provisión. La pertenencia a la comisión será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

5.3) Para la válida constitución de la Comisión se requerirá al menos, la mitad más uno de sus miembros...

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