Resolución de 14 de noviembre de 2017, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan las pruebas terminales específicas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial del año 2018. [Cód. 2017-12952]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, regula en el capítulo VII del Título I las enseñanzas de idiomas, estableciendo en su artículo 59 la organización de las mismas y disponiendo en su artículo 61 que las Administraciones educativas regularán las pruebas terminales, que realizará el profesorado, para la obtención de los certificados oficiales de los niveles básico, intermedio y avanzado.

Mediante el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, se fijaron los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en dicha Ley Orgánica. La disposición adicional segunda del citado Real Decreto establece asimismo que las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán, en los términos que dispongan las respectivas Administraciones educativas, organizar e impartir cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas, tanto en los niveles básico, intermedio y avanzado como en los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa.

El Decreto 73/2007, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el Principado de Asturias, establece en su artículo 9 que para la obtención del certificado de cada nivel será necesario superar una prueba terminal específica de certificación.

Por su parte, el Decreto 59/2014, de 17 de junio, por el que se establece la organización, el currículo y la prueba de certificación correspondiente a los cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias de nivel C1 de idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas del Principado de Asturias, determina en sus artículos 7.4 y 9.1 que para la obtención del certificado de nivel C1 será necesario superar una prueba terminal específica de certificación.

Dicha prueba constará para los niveles básico, intermedio, avanzado y C1, de cuatro partes relacionadas con las destrezas comunicativas de comprensión de lectura, comprensión oral, expresión e interacción escrita y expresión e interacción oral, y tomará como referencia los objetivos, contenidos y criterios de evaluación establecidos para los niveles básico, intermedio y avanzado en el Decreto 73/2007, de 14 de junio y para el nivel C1 en el Decreto 59/20014, de 17 de junio.

El artículo 9.3 del Decreto 73/2007, de 14 de junio dispone que la Consejería competente en materia de educación regulará la elaboración, la convocatoria y el desarrollo de las pruebas terminales específicas de certificación, que serán comunes para los diferentes idiomas en todo el ámbito de la Comunidad Autónoma, y que se organizarán, al menos, una vez al año.

Por su parte el Título II del Decreto 59/2014, de 17 de junio, regula las pruebas terminales específicas de certificación de nivel C1 y establece en su artículo 11.1 que éstas serán comunes para los diferentes idiomas en todo el ámbito de la Comunidad Autónoma, y que se organizarán, al menos, una vez al año.

Por Resolución de 22 de febrero de 2012, se regulan las pruebas terminales específicas de certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el Principado de Asturias. En el artículo 4.1 de la citada Resolución se dispone que el procedimiento y condiciones de inscripción en las pruebas se establecerá en resoluciones anuales de convocatoria. Asimismo el Decreto 59/2014, de 17 de junio, establece en su artículo 13.1 que el procedimiento y condiciones de inscripción en las pruebas de certificación de nivel C1 se establecerá en las resoluciones anuales de convocatoria de las pruebas.

Por todo ello, vistos el Decreto 65/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación y Cultura, y el artículo 14 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias,

RESUELVO

Primero.—Convocar las pruebas terminales específicas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial del año 2018, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 22 de febrero de 2012 por la que se regulan las pruebas terminales específicas de certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el Principado de Asturias y con el Decreto 59/2014, de 17 de junio, por el que se establece la organización, el currículo y la prueba de certificación correspondiente a los cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias de nivel C1 de idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas del Principado de Asturias y conforme al anexo I de la presente Resolución.

Segundo.—Aprobar los calendarios de inscripción y de realización de las pruebas terminales específicas de certificación así como la relación de Escuelas Oficiales de Idiomas en las que se podrán realizar las mismas, que figuran en los anexos II y III respectivamente, de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Cultura en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanear ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 14 de noviembre de 2017.—El Director General de Ordenación Académica e Innovación Educativa (Por delegación. Artículo séptimo, letra b. Resolución de 2 de octubre de 2015. BOPA de 10/10/2015).—Cód. 2017-12952.

Anexo I

CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS TERMINALES ESPECÍFICAS DE CERTIFICACIÓN DE LOS NIVELES BÁSICO, INTERMEDIO, AVANZADO Y C1 DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL DEL AÑO 2018

Primero.—Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Resolución tiene como objeto convocar las pruebas terminales específicas de certificación del año 2018 de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el Principado de Asturias.

Segundo.—Finalidad de las pruebas.

Evaluar y acreditar la competencia lingüística de las personas aspirantes en los distintos niveles e idiomas que se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas del Principado de Asturias.

Tercero.—Convocatoria.

  1. El Decreto 73/2007 de 14 junio en su artículo 9.3 y el Decreto 59/2014 de 17 de junio en su artículo 11.1 establece que las pruebas específicas de certificación serán comunes para los distintos idiomas en todo el ámbito de la Comunidad Autónoma y se organizarán, al menos, una vez al año.

  2. En 2018 se celebrarán dos convocatorias de la prueba terminal específica de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, una en el mes de junio, y otra, con carácter extraordinario, en el mes de septiembre, en las fechas que figuran en los calendarios que se insertan en el anexo II de la presente resolución para los idiomas que se imparten en régimen oficial en las Escuelas Oficiales de Idiomas del Principado de Asturias.

  3. La inscripción para la realización de la prueba terminal específica de certificación será válida para las dos convocatorias anuales.

    Cuarto.—Requisitos y personas destinatarias.

  4. Podrán concurrir a la prueba terminal específica de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial quienes tengan como mínimo dieciséis años o los cumplan en el año 2018. Excepcionalmente, el alumnado que esté matriculado en Educación Secundaria Obligatoria y tenga como mínimo catorce años de edad o los cumpla en el año 2018, podrá realizar las pruebas terminales de certificación siempre y cuando se inscriba en un idioma distinto del que esté cursando como primer idioma en el Régimen General.

  5. Asimismo el alumnado matriculado en una Escuela Oficial de Idiomas podrá inscribirse en las pruebas...

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