DECRETO 105/2005, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de convocatoria pública.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorMancomunidad del Oriente de Asturias
Rango de LeyDecreto

Una parte importante del gasto público de los presupuestos anuales del Principado de Asturias se destina a subvencionar las actividades consideradas de interés público que desarrollan las entidades locales. En aras de profundizar en la colaboración entre ambas administraciones para la gestión de las citadas ayudas, se hace necesaria la elaboración y aprobación de una norma específica que regule la concesión de subvenciones a las entidades locales en régimen de concurrencia competitiva.

En la presente norma se articula un procedimiento cuyo elemento esencial es la existencia de una convocatoria única por cada Consejería, comprensiva de todas las líneas de subvenciones de su competencia estableciendo, con carácter general, un parámetro poblacional para fijar las aportaciones máximas a cada actuación subvencionable, de manera que se prime a las entidades locales de menor población; esta medida proporcionará a las entidades locales una información imprescindible para la planificación de las actividades susceptibles de ser subvencionadas, disponiendo además de los fondos precisos para acometer las actuaciones con anterioridad a su realización.

Por otra parte, se pretende asimismo facilitar y simplificar el procedimiento de tramitación de las ayudas, mediante la homogeneización de la documentación exigida y la creación de un registro de documentación administrativa de entidades locales que evitará la reproducción de la documentación requerida con carácter general en este tipo de procedimientos.

Es evidente que la puesta en marcha de las medidas aquí contempladas va a suponer un esfuerzo importante para la gestión de las subvenciones por las distintas Consejerías, pues si bien los beneficiarios últimos de las medidas son las entidades locales, es la Administración del Principado de Asturias la que debe adoptar las medidas organizativas necesarias para su plena eficacia.

Si bien el presente Decreto pretende solucionar las especificidades del otorgamiento de subvenciones a las entidades locales, debe tenerse en cuenta que para todo lo en él no regulado ha de estarse a lo dispuesto en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, en el texto refundido del régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, parcialmente básica y que contiene además numerosos artículos que resultan de aplicación supletoria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia y del Consejero de Economía y Administración Pública, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 19 de octubre de 2005, D I S P O N G O Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

— Objeto El presente Decreto tiene por objeto establecer las normas básicas que han de regir las convocatorias de las subvenciones que se realicen por la Administración del Principado de Asturias a las entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los presupuestos generales del Principado de Asturias, resultando de aplicación en todo lo no previsto en la presente norma el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR