REGLAMENTO de Régimen Interno de la E.U.I.T. Informática de Gijón.
Sección | I - Principado de Asturias |
Rango de Ley | Reglamento |
TITULO PRELIMINAR
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El presente Reglamento tiene por objeto dar cumplimiento a las previsiones vigentes en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, proporcionando el marco de regulación preciso para el desarrollo de las funciones del centro.
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Sus preceptos serán de aplicación preferente salvo que exista contradicción con normas de superior rango, de obligada observancia.
Informática de Gijón, perteneciente a la Universidad de Oviedo es uno de los órganos básicos encargados de la organización y gestión administrativa de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas e Ingeniero Técnico de Telecomunicación: Especialidad Telemática y cualesquiera otros títulos académicos que se le señalen. Se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades, por las normas que dicte el Estado o el Principado de Asturias en el ejercicio de sus respectivas competencias, por los Estatutos de la Universidad, por el Reglamento Marco de las Facultades y Escuelas (en adelante RMFE) y, finalmente, por el presente Reglamento de Régimen Interno.
Informática de Gijón son las que se señalan en los artículos 2 y 3 del RMFE.
Los órganos de gobierno, la naturaleza, composición y organización de la Junta de Escuela, así como las funciones y competencias de los mismos, son las señaladas en los artículos 4, 5, 6 y 18 del RMFE.
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La composición y competencias de la Comisión de Gobierno está regulada en los artículos 69 y 70 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo.
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La Comisión de Docencia es el órgano colegiado de asistencia a la Junta de Escuela en materias...
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