Decreto 76/2014, de 30 de julio, de primera modificación del Decreto 14/2014, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio de Salud del Principado de Asturias. [Cód. 2014-13798]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

Al Servicio de Salud del Principado de Asturias le corresponde, bajo la superior dirección de la Consejería de Sanidad, la realización de las actividades sanitarias y la gestión de los servicios sanitarios propios de la Administración del Principado de Asturias.

Por el Decreto 14/2014, de 28 de enero, se reguló la estructura orgánica del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA). Esta regulación incorporó a la estructura orgánica del SESPA determinadas funciones que con anterioridad estaban atribuidas a la Consejería de Sanidad. Las modificaciones de la estructura orgánica del SESPA, aunque necesarias en el momento de la aprobación del Decreto 14/2014, de 28 de enero, ya citado, se pospusieron hasta que la creación de la Subdirección de Gestión en la Dirección Económico-financiera conllevara la simultánea supresión de otro puesto directivo en la plantilla del SESPA. Se garantiza así el compromiso de austeridad en el gasto de las estructuras directivas y el de no incremento del número de puestos directivos. Ambos criterios se respetan con la presente modificación, ya que la creación de un puesto de dirección en los servicios centrales del SESPA se realiza al mismo tiempo en que se suprime otro puesto equivalente en la plantilla de personal estatutario en el Área Sanitaria III.

La modificación que se realiza persigue dos objetivos fundamentales. Por un lado dibujar dos grandes bloques de funciones en la Dirección Económico-Financiera del SESPA que, aunque coordinados, permitan una mayor definición de las atribuciones y responsabilidades de los puestos de trabajo, así como su adecuada dependencia orgánica y, por otro, potenciar y mejorar la gestión de la contratación administrativa del SESPA. La consecución de estos objetivos pretende responder la presente modificación, ya que los escenarios de control del gasto público afectan de forma indiscutible al Servicio de Salud y la contratación administrativa es una función determinante de la gestión del presupuesto de gastos. Para ello se han configurado como estrategias principales el desarrollo de la contratación centralizada y la coordinación y control de las competencias de contratación administrativa residenciadas en las gerencias de las Áreas sanitarias.

A través del presente decreto también se atribuyen a la Comisión de Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios funciones sobre aquellos tratamientos para los que, por concurrir circunstancias especiales se deben constituir la correspondiente Subcomisión Técnica Asesora.

Finalmente se crea la Unidad de Certificación en calidad del Servicio de Salud del Principado de Asturias para atribuir a un órgano dotado de independencia funcional y orgánicamente dependiente del Director Gerente, la competencia para realizar las actividades de certificación en calidad con los requisitos exigidos por la Entidad Nacional de Acreditación conforme a la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065.

El artículo 25.n) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, reserva a éste último la competencia para...

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