Decreto 95/2013, de 6 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos, en lo que se refiere a la prestación de servicios en la Estación Invernal y de Montaña de Valgrande-Pajares. [Cód. 2013-20866]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

El Texto Refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, dispone en su artículo 16 que el establecimiento, modificación o supresión de los precios públicos se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, a propuesta conjunta de la Consejería competente en materia de hacienda y de la Consejería que en cada caso corresponda en razón de la materia.

El Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos, reguló los precios públicos por la prestación de servicios en la Estación Invernal y de Montaña Valgrande-Pajares, habiéndose modificado en sucesivas ocasiones, la última por Decreto 220/2012, de 15 de noviembre, siendo necesario elaborar una nueva modificación de la norma para el período 2013/2014.

Así, con el presente decreto se establecen los precios aplicables a la temporada 2013/2014 y se fija el calendario de esquí durante el referido período.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Sector Público y de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 6 de noviembre de 2013,

DISPONGO

Artículo único —Modificación del Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos.

Se modifica el apartado “Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud.- Prestación de servicios en la estación invernal de Pajares”, del anexo al Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos, quedando redactado en los términos señalados en el anexo que acompaña al presente decreto.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Dado en Oviedo, a seis de noviembre de dos mil trece.—El Presidente del Principado de Asturias, Javier Fernández Fernández.—El Consejero de Presidencia, Guillermo Martínez Suárez.—Cód. 2013-20866.

Anexo

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Precios públicos por la prestación de servicios en la Estación Invernal y de Montaña de Valgrande-Pajares

PRECIOS CON EL IVA CORRESPONDIENTE INCLUIDO

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DEFINICIONES

  1. Los grupos de edades establecidos para el cálculo de los precios son los que siguen:

    — Preinfantil: hasta 5 años (inclusive).

    — Infantil: hasta 14 años (inclusive).

    — Veteranos: desde...

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