Acuerdo de 13 de febrero de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba el Reglamento del Comité de Ética en la Investigación de la Universidad de Oviedo. [Cód. 2014-03246]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyAcuerdo

ÍNDICE

Exposición de Motivos
Título I Comité de Ética en la Investigación.
Artículo 1 Objeto y Naturaleza.
Artículo 2 Competencias.
Artículo 3 Composición y Nombramientos.
Artículo 4 Funciones de los miembros del Comité.
Artículo 5 Cese de los miembros.
Título II Funcionamiento del Comité.
Artículo 6 Funcionamiento.
Artículo 7 Sesión ordinaria.
Artículo 8 Convocatoria y quórum.
Artículo 9 Adopción de acuerdos.
Artículo 10 Acta de la sesión.
Artículo 11 Presentación de proyectos.
Artículo 12 Calificación de los proyectos de investigación y/o docencia.
Artículo 13 Archivo y documentación.
Artículo 14 Modificaciones.
Disposición adicional única
Disposición final
Exposición de motivos

La normativa contenida en diferentes convocatorias de financiación de la investigación exige que los proyectos que impliquen investigación y experimentación animal o empleo de agentes biológicos o de organismos genéticamente modificados, no sólo cumplan los requisitos establecidos en cada caso por la legislación vigente, sino que cuenten también con la autorización expresa emitida por el Comité de Ética del Centro en que se vaya a realizar la investigación.

Existe una amplia normativa que regula distintos aspectos relacionados con la investigación y la ética. Así, en el ámbito nacional, el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, incluye medidas de prevención, de vigilancia y de información entre otras, regulando también las actividades con agentes biológicos con el objetivo de proteger al personal de los riesgos derivados de su exposición.

Por otra parte, el Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la normativa nacional contenida en la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.

Asimismo, la ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica, establece la creación de los Comités de Ética de la Investigación, que deben garantizar la adecuación de los aspectos metodológicos, éticos y jurídicos de las investigaciones que impliquen intervenciones en seres humanos o la utilización de muestras biológicas de origen humano.

El artículo 140 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, prevé el asesoramiento a la Universidad por un Comité de Ética en la Investigación, cuya composición y funciones serán reguladas por el Consejo de Gobierno.

La propia Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, prevé la creación del Comité Español de Ética de la Investigación como órgano colegiado, independiente y de carácter consultivo sobre materias relacionadas con la ética profesional en la investigación científica y técnica.

Por último, el R.D. 53/2013 de 1 de febrero, deroga el anterior R.D. 1201/2005, estableciendo las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia. El R.D. alude a la creación de un órgano encargado del bienestar animal, que se denominará comité de ética de experimentación animal.

Atendiendo pues, tanto al marco legal como a las propias necesidades de la Universidad de Oviedo como organismo de investigación que es, se eleva al Consejo de Gobierno la propuesta de creación del Comité de Ética en la Investigación de la Universidad de Oviedo cuyas funciones, composición y normas de funcionamiento se describen en el presente Reglamento.

TÍTULO I COMITÉ DE ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN Artículos 1 a 5
Artículo 1 —Objeto y naturaleza.
  1. El presente Reglamento tiene por objeto crear el Comité de Ética en la Investigación de la Universidad de Oviedo (en lo sucesivo, el “Comité”) y regular su composición, funciones y funcionamiento.

  2. El Comité de Ética en la Investigación de la Universidad de Oviedo es un órgano colegiado, de carácter consultivo e interdisciplinar, creado con el fin de realizar la evaluación de los aspectos éticos de los proyectos de investigación o las prácticas docentes llevados a cabo en la Universidad de Oviedo o en otras entidades que lo soliciten, que impliquen la utilización de animales, agentes biológicos y organismos modificados genéticamente, emitiendo los informes correspondientes.

Artículo 2 —Competencias.
  1. Corresponde al Comité de la Universidad de Oviedo valorar y evaluar los aspectos éticos de la investigación científica y de la docencia, en el desarrollo de proyectos y trabajos de investigación que se lleven a cabo en la Universidad de Oviedo o en otras entidades que lo soliciten, cuando así lo exija la convocatoria de financiación o subvención a que se presente dicho proyecto o trabajo de investigación, o cuando lo estime oportuno por sus posibles implicaciones éticas, su investigador principal, el propio Comité o la persona titular del Vicerrectorado con competencias en materia de investigación, especialmente en aquellos que impliquen experimentación animal u organismos modificados genéticamente.

  2. Funciones:

  1. Velar por el cumplimiento de las buenas prácticas de investigación, experimentación y docencia en relación con el bienestar de los animales de experimentación y la defensa y protección del medio ambiente.

  2. Elaborar informes para los órganos de gobierno de la Universidad sobre los problemas éticos relacionados con los apartados anteriores que puedan suscitar la investigación y la docencia.

  3. Asesorar al personal que se ocupa de los animales sobre cuestiones relacionadas con el bienestar de los mismos en cuanto a su adquisición, alojamiento, cuidado y utilización.

  4. Asesorar al personal sobre la aplicación del requisito de reemplazo, reducción y refinamiento en el uso de animales, y mantenerlo informado sobre los avances técnicos y...

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