Decreto 23/2001, de 15 de febrero, de modificación parcial del Decreto 32/1999, de 11 de junio, sobre tarifas de referencia para los servicios públicos de mercancías de "corto recorrido" que no excedan del ámbito territorial del Principado de Asturias.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorParroquia Rural de Barcin y Leijan
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 32/1999, de 11 de junio, se aprobaron las tarifas de referencia de los transportes públicos de mercancías por carretera de carga completa para aquellos servicios que se prestaran sin exceder del ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma, con la finalidad de que las partes intervinientes en la contratación de transportes tuvieran un punto de referencia objetivamente fiable para la fijación de precios en cada transacción concreta, una vez desaparecidas las disposiciones reguladoras de tarifas obligatorias. Las variaciones experimentadas en los costes de los transportes públicos de mercancías por carretera hacen aconsejable una revisión de las mencionadas tarifas de referencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, pues no se puede eludir que las tarifas del transporte público deben cubrir la totalidad de los costes reales en condiciones normales de productividad y organización, debiendo permitir una adecuada amortización, un razonable beneficio industrial y una correcta prestación del servicio, viniendo reconocida a la Administración la facultad de revisión de tarifas tanto de oficio como a instancia de titulares de los servicios, asociaciones empresariales o asociaciones de usuarios. A la expresada finalidad responde el presente Decreto, en ejercicio de la competencia establecida en el artículo 10.5 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, de conformidad con el artículo 5 d) de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en materia de transportes por carretera y por cable; los artículos 17, 18, y 19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

En su virtud, previo informe de la Sección de Mercancías del Consejo de Transportes Terrestres del Principado de Asturias, oídas las asociaciones patronales y empresas interesadas, así como las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, a propuesta del Consejero de Infraestructuras y Política Territorial y previo acuerdo del Consejo de Gobierno del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR