Ley 8/1999, de 3 de junio, de concesión de suplemento de crédito destinado a las ayudas financieras a empresas.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorPresidencia del Principado
Rango de LeyLey
ll-VI-99
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 7507
cipado dicha posibilidad instrumental, fijando para ello
mediante la presente Ley el limite maximo de los avales que
pueden prestarse en el ejercicio de 1999.
Articulo 1.-Dbjetivo
Es objeto de esta Ley fijar los limites maximos de los
avales que puede prestar la Administracion del Principado
de Asturias en el ejercicio 1999.
Articulo
2.-Avales
a pequeiiasy medianasempresas
1. La Adrninistracion del Principado de Asturias podra
avalar, prestando un segundo aval, a aquellas pequenas y
medianas empresas avaladas
por
sociedades de garantia
red-
proca y similares que sean socios partfcipes de estas. El lfmite
global de avales a conceder
por
esta linea sera de mil seis-
cientos millones de pesetas.
2. Las operaciones de credito a avalar conforme al apar-
tado anterior tendran como (mica finalidad financiar inver-
siones productivas 0actuaciones de reestructuracion 0rein-
dustrializacion de pequefias ymedianas empresas radicadas
en Asturias. Ningun aval individualizado podra significar una
cantid ad superior al quince
por
ciento del total que se
autorice.
Articulo
3.-Avales
para reindustrializacion
La Adrninistracion del Principado de Asturias podra ava-
lar operaciones de credito que se concierten
por
empresas
oentidades con destino directo y especifico a actuaciones
de reindustrializacion, incluidas las derivadas del fondo de
desarrollo. EI limite global de avales a conceder
par
esta
linea sera de siete mil millones de pesetas.
Articulo
4.-Avales
a la Sociedad Mixta para la Gestion
y Promocion del Suelo,
SA.
(SOGEPSA)
La Adrninistracion del Principado de Asturias podra ava-
lar operaciones de credito que se concierten por la Sociedad
Mixta para la Gestion yPromocion del Suelo, S.A. (SOGEP-
SA), con destino a la financiacion de inversioncs necesarias
para la realizacion de grandes proyectos de gestion y pro-
mocion de. suelo industrial y suelo con destino a viviendas,
asi como otras amparadas por el objeto social de dicha socie-
dad. El limite de avales a conceder por esta linea sera de
mil quinientos millones de pesetas. En todo caso, el limite
global de avales a conceder por esta linea no podra superar
los dos mil doscientos millones de pesetas, incluyendo los
concedidos y vigentes en anteriores ejercicios.
Articulo
5.-Avales
al Consorcio para el Abastecimiento
de Aguas y Saneamiento a la Zona Central de Asturias
(CADASA)
La Adrninistracion del Principado de Asturias podra ava-
lar operaciones de credito que se concierten por el Consorcio
para el Abastecimiento de Aguas y Saneamiento a la
Zona
Central de Asturias (CADASA)
para
la realizacion de grandes
proyectos de desarrollo yampliacion de la infraestructura
de abastecimiento de agua a la zona central de la region .
El limite global de avales a conceder
por
esta linea sera de
mil ochocientos millones de pesetas.
Articulo
6.-Avales
a organismosautonomos
La Adrninistracion del Principado de Asturias podra ava-
Jar opcraciones de credito que se concierten
por
los orga-
nismos autonomos
para
realizar gastos de inversion. El lirnite
global de avales a conceder
por
esta linea sera del veinte
por ciento de los creditos iniciales para operaciones de capital
del conjunto de los organismos autonornos.
Articulo 7.-Avall?spara
otTOS
fines
La Adrninistracion del Principado de Asturias podra ava-
lar operaciones de credito no comprendidas en los articulos
anteriores. EI limite global de avales a conceder por esta
linea sera de cinco mil millones de pesetas, deduciendo de
la misma el importe de los avales que se concierten para
SOGEPSA
yCADASA.
D1SPOSICIONES FINALES
Primera.-Desa"o//o de la Ley
EI Consejo de Gobierno dictara cuantas disposiciones sean
necesaria para la ejecucion ydesarrollo de la presente Ley.
Segunda.-Entrada en vigor
La presente Ley entrara en vigor al dia siguiente de su
publicacion en eI
BOLETIN
OFICIAL
del Principado de
Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos aquienes sea
de aplicacion esta Ley coadyuven a su cumplimiento, asi como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de 1999
.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques
Fernandez.-11.392.
LEY
del Principado de Asturias 8/1999, de 3de junio,
de concesion de suplemento de creditodestinado a las
ayudas financieras a empresas.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la
Junta
General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey,
yde acuerdo con 10dispuesto en el articulo 31.2 del Estatuto
de Autonomia de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de concesion de suplemento de credito destinado a las
.ayudas financieras aempresas.
PREAMBULO
EI Servicio de Asesoramiento yPrornocion Empresarial
(SAYPE), integrado en la Direccion Regional de Economia,
es uno de los instrumentos de prornocion de la Comunidad
Autonoma, siendo por ello su principal objetivo contribuir
al desarrollo empresarial del Principado de Asturias; para
ello gestiona las ayudas financieras a las empresas. Estas ayu-
das estan reguladas en el Decreto 7/1996, de 15 de febrero,
por
el que se establecen diversos programas de apoyo a las
pequefias ymedianas empresas, y en el Decreto 9/1996, de
28 de febrero, de apoyo financiero a las empresas.
Estas ayudas se concretan en las subvenciones al tipo de
interes de los prest amos destinados afinanciar las inversiones
de los empresarios y en subvenciones directas a la inversion
y
est
an
dotadas
en
la
aplicaci6n
presupuestaria
12.03-724D-771.02 "Ayudas financieras aempresas".
EI Decreto 80/1998, de 29 de diciembre, por el que se
regula la aplicacion de la pr6rroga de los presupuestos gene-
rales del Principado de Asturias para 1998 durante el ejercicio
1999, dispone de una dotaci6n de 835.700.000 pesetas en
la aplicacion 12.03-724D-771.02 "Ayudas financieras aernpre-
sas".
Adernas, se han incorporado remanentes, en la citada apli-
cacion,
por
importe de 3.300 millones de pesetas; esta dota-
cion se destinara a los compromisos de ejercicios anteriores.
7508 BOLETIN
OFICIA$'DEL
PRINCIPADO DE ASTURIAS 11-VI-99
En los ejercicios precedentes se han concedido subven-
ciones a un total de 1.052 proyectos durante 1997, con
una
dotaci6n de 3.591 millones de pesetas, y de 1.375 proyectos
a
10
largo de 1998, con una dotaci6n de 3.560 millones de
pesetas. .
Articulo 1.-e-Concesionde suplemento de credito I
Se concede un suplemento de credito con destino a la
concesion de ayudas a empresas en la Comunidad Aut6noma,
a consignar en la aplicaci6n presupuestara 12.03-724D-771.02,
"Ayudas
financieras
a
empresas",
por
importe
de
1.500.000.000 de pesetas.
Articulo 2.-Financiacion del suplemento de credito
Se autoriza al Consejo -de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica por
importe de 1.500.000.000 de pesetas, destinadas a la finan-
ciaci6n del suplemento de credito referido en el articulo 1.
Esta autorizaci6n servira de justificante al reconocimiento
contable de los correspondientes derechos en el presupuesto
de ingresos del Principado de Asturias.
Par
tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea
de aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimiento, asf como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo,
a3
de junio de 1999
.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques Fernandez
.-l1.393
.
LEY
del Principado de Asturias 9/1999, de 3de junio,
de concesi6n de suplemento de credito destinado a
financiar la ampliaci6n de capital de
SODECo.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey,
y de acuerdo can
10
dispuesto en el articulo 31.2del Estatuto
de Autonomfa de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de concesi6n de supIemento de credito destinado a finan-
ciar la ampliaci6n de capital de SODECO.
PREAMBULO
EI Principado de Asturias , como consecuencia de los pac-
tos derivados de la Mesa de reindustrializaci6n de las comar-
cas mineras, asumi6 el compromiso de participar en un cin-
cuenta par ciento en eI capital social de la Sociedad para
el Desarrollo de las Comarcas Mineras, SA, SODECO (el
otro cincuenta par ciento corresponde aHUNOSA). La
Socicdad para el Desarrollo de las Comarcas Mineras (SO-
DECO) se constituy6 mediante escritura publica el 13 de
octubre de 1988, can un capital social de quinientos millones
de pesetas. EI objeto social de dicha sociedad es el desarrollo
econ6mico de las comarcas mineras de la zona central de
Asturias y, en concreto, de los municipios situ ados en el area
de actividad empresarial de Hulleras del Norte, S.A. (HU-
NOSA).
La participaci6n del Principado de Asturias en SODECO
se instrument6 desde su inicio a traves de la Sociedad Regio-
nal de Promocion del Principado de Asturias, S.A. (SRP),
participada a su vez por el Principado de Asturias en un
53,11 por ciento. La SRP tiene por objeto, entre otros, "la
promoci6n de inversiones en la regi6n, participando en el
capital de sociedades a constituir 0ya existentes".
Desde su constituci6n, la juntageneral de SODECO acor-
d6 varias ampliaciones de capital, la primera en 1994, por
dos mil millones de pesetas, y la segunda en 1996, por importe
de novecientos millones, elevando el capital a los tres mil
cuatrocientos millones de pesetas, que es el capital actual
de la sociedad. Con el fin de dotar de credito suficiente a
la Sociedad Regional de Promoci6n (SRP) para suscribir
acciones de SODECO, tanto en la constitucion de la sociedad
como en las sucesivas ampliaciones, el Principado de Asturias,
a traves del program a 723B, "Modernizaci6n industrial", con-
cedi6 subvenciones a la SRP ,
pOT
los importes necesarios
para hacer frente a dichas suscripciones de acciones.
En eI afio 1998 se pone de manifiesto
par
los accionistas
de la Sociedad por la Reindustrializaci6n de las Comarcas
Mineras (SODECO) la necesidad de realizar una nueva
ampliaci6n de capital
pOT
ochocientos millones de pesetas ,
con
10
que el capital de est a sociedad pasaria a ser de cuatro
mil doscientos millones de pesetas.
A la vista de que tanto en la constitucion como en las
sucesivas ampliaciones de capital de SODECO el Principado
de Asturias ha concedido una subvenci6n a la SRP para que
esta financie la adquisicion de acciones de SODECO, en
esta nueva propuesta de ampliaci6n de capital de SODECO
es aportuno acudir al mismo procedimiento;
pOT
tanto, desde
la aplicaci6n presupuestaria 12.05-723B-741.00 ("A la Socie-
dad Regional de Promoci6n. Convenios") se pretende realizar
una subvenci6n a la SRP, con el fin de dar cobertura al
coste que supone esta nueva ampliacion de capital de
SODECO.
La Ley tiene
pOT
objeto dar cobertura al coste que supone
la ampliaci6n del capital de SODECO, mediante la concesion
de un suplemento de credito por importe de 200.000.000 de
pesetas al programa 723B, "Mode rnizacion industrial", desde
el cual se va a realizar una transferencia a la Sociedad Regio-
nal de Promoci6n para que esta financie la ampliaci6n de
capital de SODECO.
Articulo
1.-Concesion
de suplemento de credito
Se concede un suplemento de credito can destino a finan-
ciar la ampliaci6n de capital de SODECO, a consignar en
la aplicaci6n presupuestaria 12.05-723B-741.00, "A la Socie-
dad Regional de Promoci6n . Convenios", por importe de
200.000.000de pesetas.
Articulo 2.-Financiacion del suplemento de credito
Se autoriza al Consejo de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica, por
importe de 200.000.000 de pesetas, destinadas a la finan-
ciaci6n del suplemento de credito referido en eI articulo 1.
Esta autorizaci6n servira de justificante al reconocimiento
contable de los correspondientes derechos en el presupuesto
de ingresos del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea
de aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimiento, asi como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de 1999
.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques
Fernandez.-l1.394
.
LEY
del Principado de Asturias 10/1999, de 3de junio,
de concesion de creditoextraordinario destinado alPac-
to territorialpara el empleo en las comarcas mineras
en Asturias yde la concesion de suplemento de credito
destinado a los programas de incentivos al empleo en
el sectorprivado.

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