Ley 12/1999, de 3 de junio, de suplemento de crédito para financiar el desarrollo y consolidación del Plan de la Carne de Asturias Calidad Controlada.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorPresidencia del Principado
Rango de LeyLey
7510 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
ll-VI-99
EI Consejo de Gobierno, en su reunion del 29 de diciembre
de 1998, aprobo el Plan de cooperacion al desarrollo
1998-1999, en el que se determinan las acciones y proyectos
que en esta materia desarrollara la Consejeria de Cooperacion
durante estos ejercicios.
En el proyecto de presupuestos para1999, que no fue
aprobado, en la aplicacion 11.01-121A-791.00 se incluyeron
615.717.000 pesetas, necesarios para lIevar a cabo el Plan
de cooperacion al desarrollo. En la prorroga, la consignaci6n
en este concepto es de cincuenta millones de pesetas, cla-
ramente insuficiente para ejecutar el plan aprobado por el
Consejo de Gobierno.
Los program as incluidos en el Plan de cooperacion al
desarrollo son los siguientes:
1.-Cooperacion
institucional, mediante el apoyo a accio-
nes susceptibles de propiciar cam bios cualitativos en las con-
diciones de vida de las poblaciones beneficiarias.
2.-Cooperacion
a traves de organizaciones no guberna-
mentales para el desarrollo, cuyo objetivo es la cofinanciacion,
ejecucion y control de proyectos de desarrollo presentados
por ONG con implantacion en el Principado de Asturias,
por medio de subvenciones a fondo perdido concedidas por
el Principado de Asturias a traves de convocatoria publica
o convenio.
3.-Ayuda
humanitaria, que tiene como finalidad la aten-
cion de necesidades basicas de supervivencia de colectivos
humanos en determinadas zonas geograficas, asf como aten -
cion a necesidades derivadas de conflictos 0catastrofes
naturales.
4.-CampafJa
de sensibilizacion , destinada a fomentar en
la sociedad asturiana el esplritu de solidaridad con los paises
subdesarrollados y dar a conocer a los asturianos el destino
que se da a los fondos para la cooperacion al desarrollo.
La Ley tiene por objeto financiar 282.858.500 pesetas para
haccr frente a los gastos del Plan de cooperacion al desarrollo
aprobado por el Consejo de Gobierno, por
10
que se concede
un suplemento de credito por dicho importe.
Articulo
1.-Concesi6n
de suplemento de credito
Se concede un suplemento de credito destinado a financiar
el Plan de cooperacion al desarrollo aconsignar en la apli-
cacion 11.01-121A-791.00, "Subvenciones para el programa
de cooperacion al desarrollo", por importe de 282.858.500
pesetas.
Articulo 2.-Financiaci6n del suplemento de credito
Se autoriza al Consejo de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica por
importe de 282.858.500 pesetas destinada a la financiacion
del suplemento de credito del articulo 1. Esta autorizaci6n
servira de justificante al reconocimiento contable de los
corresporrsientes derechos en el presupuesto de ingresos del
Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos aquienes sea
de aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimiento,
aSI
como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de
1999.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques
Fernandez.-l1.396.
LEY
del Principado de Asturias 12/1999, de 3de junio,
de suplemento de credito para financiar el desarrollo
yconsolidaci6n del Plan de la Came de Asturias Cali-
dad Controlada.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey,
y de acuerdo con
10
dispuesto en el articulo 31.2 del Estatuto
de Autonomfa de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de suplemento de credito para financiar el desarrollo
yconsolidaci6n del Plan de la Carne de Asturias Calidad
Controlada.
PREAMBULO
Por Resoluci6n de 14 de febrero de 1996 la Consejeria
de Agricultura aprueba el Reglamento de la Carne de Astu- .
rias de Calidad Controlada. Con este Reglamento se pusieron
las bases para la puesta en valor de la ganaderfa de carne
y se abrieron nuevas perspectivas para el sector.
Debido al crecimiento ydesarrollo de este plan se han
realizado hasta la fecha 7.839 explotaciones calificadas,
100.333 terneros marcados, 31.359 terneros sacrificados y
8.040.323 kilogram os de carne vendidos. Estos datos reflejan
la necesidad que tenia el sector ganadero de carne de la
puesta en marcha de una politica con futuro.
La Carne de Asturias Calidad Controlada encontro una
cuota de mercado en Asturias y, en menor medida, en otras
comunidades aut6nomas, obteniendo importantes crecimien-
tos desde 1996 a 1998 gracias al apoyo de todos los sectores
involucrados en este plan. EI Gobierno regional ha efectuado
una inversi6n en este plan en el perfodo 1996-1998 de
696.368.378 pesetas, acumulando ademas una financiaci6n
comunitaria de 90.300.000 pesetas.
En la actualidad, para el pcrlodo primavera-verano se
tienen unas previsiones de oferta de terneros para corner-
cializar dentro de la marca muy superior a las expectativas
de comercializaci6n que tienen las empresas encuadradas en
el Plan de la Carne, hecho que llevaria a una acumulaci6n
de terneros para comercializar muy importante, originando
cafdas del precio de la carne; por tanto caida de la renta
de los ganaderos y un importante desencanto de los mismos
con el Plan de la Carne, en el cual habfan depositado sus
expectativas de futuro. De ahf la necesidad de realizar un
esfuerzo complementario con acciones dirigidas a introducir
el producto en un mercado nacional muycompetitivo en pre-
cios y con marcas de calidad.
Estas acciones irian dirigidas en varias direcciones, con
medidas de apoyo a las comercializadoras inscritas en el Plan
de la Carne que hagan que la comercializaci6n de este pro-
ducto sea atractivo para elias, apoyo a los comercios mino-
ristas que venden en exclusividad el producto y carnpafias
de publici dad y promoci6n.
Lo que se pretende conseguir con este plan de promoci6n
es crear una estructura comercializadora dentro del Plan de
la Carne de Asturias Calidad Controlada s6lida , que pueda
hacer frente a la oferta de producto existente en nuestra
regi6n.
Estas actuaciones se pretenden realizar a traves del Corni-
te de la Carne de Asturias (COMICAR), organismo al que,
con fecha 20 de marzo de 1996, la Consejeria de Agricultura
cedio las facultades que a esta Ie correspondfan en uso de
la marca, en el que estan representados todos los sectores
implicados. Se pretende con ello
dar
una transparencia total
en la gestion de los recurs as que se empleen, adem as de
garantizar la mayor rentabilidad de los mismos ya que son
los propios agentes implicados quienes van a decidir las actua-
ciones a realizar.
Por todo
10
anterior, a la vista de la actual prorroga de
los presupuestos generales del Principado de Asturias para
1998durante el ejercicio 1999, regulada por Decreto 80/1998,
de 29 de diciembre, se hace preciso, para desarrollar y can-
11-VI-99 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 7511
solidar el Plan de Carne de Asturias Calidad Controlada,
recurrir a la concesi6n de un suplemento de credito en los
terrninos previstos en el texto refundido de regimen econ6-
mico y presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del
Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, cuyo articulo
32 requiere a este fin Ley aprobada por la Junta General.
Articulo
l.-Concesion
de suplemento de credito
Se concede un suplemento de credito con destino a finan-
ciar una estructura comercializadora dentro del Plan de Carne
de Asturias Calidad Controlada, que pueda hacer frente a
la oferta de producto existente en Asturias. Para ella se con-
signa en la aplicacion presupuestaria 18.02-712C-771.l0
"Apoyo a iniciativas de desarrollo de comercializacion", el
importe de 200.000.000de pesetas.
Articulo 2.-Financiacion de suplemento de credito
Se autoriza al Consejo de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica por
importe de 200.000.000 de pesetas, destinadas a la finan-
ciaci6n del suplemento de credito referido en el articulo 1.
Esta autorizacion servira de justificante al reconocimiento
contable de los correspondientes derechos en el presupuesto
de ingresos del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea
de aplicacion csta Ley coadyuven a su cumplimiento, asi como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de
1999.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques Fermindez
.-l1.397.
LEY
del Principado de Asturias 13/1999, de 3de junio ,
de credito extraordinario para financiar las subvencio-
nes para adquisicion yrehabilitacion de actuaciones
protegiblesen materia de vivienda, yde suplemento de
creditopara finan ciarla construccion de viviendas, todo
ello conforme al Plan Regional de Suelo Residencial
yVivienda del Principado de Asturias.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey,
y de acuerdo con
10
dispuesto en el articulo 31.2 del Estatuto
de Autonomia de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de credito extraordinario para financiar las subvenciones
para adquisici6n y rehabilitaci6n de actuaciones protegibles
en materia de vivienda y de suplemento de credito para finan-
ciar la construccion de viviendas, todo ella conforme al Plan
Regional de Suelo Residencial y Vivienda del Principado de
Asturias.
PREAMBULO
EI Plan Regional de Suclo Residencial y Vivienda del
Principado de Asturias , aprobado por el Consejo de Gobierno
el 3 de octubre de 1996, se compone de cuatro program as:
l.-Programa
de viviendas de promoci6n publica, dentro
del cual se desarrollaran tres subprogramas eonsistentes en
obtenci6n de suelo y urbanizaci6n, edificacion de lasviviendas
de promoci6n publica y, por ultimo, mantenimiento y rcha-
bilitaci6n del parque de viviendas de promoci6n publica.
2.-Programa
de ayudas a la promoci6n privada de vivien-
das protegibles, consistentes en subvenciones y subsidiaciones
de intereses del prestarno hipotecario a los adquirentes de
viviendas de protecci6n oficial y viviendas de precio tasado.
3.-Programa
de ayudas
ala
prornocion privada de vivien-
das protegibles, consistente en subvenciones y subsidiaciones
de intereses del prestamo hipotecario a los adquirentes de
viviendas de protecci6n oficial de viviendas urbanas y rurales.
4.-Programa
de actuaciones de rehabilitaciones integra-
das (ARI) mediante subvenciones a Ayuntamientos para
rehabilitaci6n de los espacios y servicios publicos declarados
como ARI.
En el Plan Regional de Suelo Residencial y Vivienda,
y en este programa de viviendas de promoci6n publica, tam-
bien se preve la adquisici6n de suelo para las viviendas y
la rehabilitaci6n del parque de viviendas de promoci6n
publica.
El Principado de Asturias tiene suficiente suelo para abor-
dar la promoci6n de viviendas del presente afio, ysin embargo
el credito destinado aconstrucci6n de viviendas es insu-
ficiente.
En junio de 1998 se sustituy6 el plan nacional por un
nuevo plan cuya vigencia es 1998-2001. Esta situaci6n provoca
el cierre anticipado del plan anterior y la entrada en vigor
de un nuevo plan, no previsto cuando se aprob6 cl Plan Regio-
nal de Suelo Residencial y Vivienda.
POT
tanto,durante 1999
es preciso proceder al cierre ordenado del antiguo plan y,
conforme al convenio suscrito entre el Ministerio de Fomento
y el Principado de Asturias el 25 de noviembre de 1998,
es necesario satisfacer las expectativas generadas a los soli-
citantes de ayudas para la adquisici6n y rehabilitaci6n de
viviendas durante 1998.
Durante este afio se registraron muchas peticiones de ayu-
.das para adquisici6n y rehabilitaci6n de viviendas, conforme
al antiguo plan, y que no fueron satisfechas en el ejercicio
por agotamiento del credito presupuestario.
Por otro lado, es preciso hacer frente a las ayudas previstas
en el vigente Decreto 67/1998, de 19 de octubre,
pOT
el que
se regula la concesi6n de subvencione s en materia de vivienda
yareas de rehabilitacion integrada.
No existe en el presupuesto prorrogado para 1999 credito
para hacerfrente a este gasto; por tanto, se concede un credito
extraordinario
en
la
aplicaci6n
presupuestaria
17.05-431A-781.02 "Para adquirentes yrehabilitadores con
cargo al Principado". .
Articulo
l.-Con
cesion de suplemento de credito
Se concede un suplcmento de credito con destino a finan-
ciar la anualidad correspondiente al Plan Regional de Suelo
Residencial y Vivienda del Principado de Asturias, a con-
signar en la aplicaei6n 17.05-431A.620.01, "Promoci6n de la
vivienda y gesti6n .urb anistica. Construcciones", por importe
de 220.000.000de pesetas.
Articulo 2
.-Concesi6n
de credito extraordinario
Se concede un credito extraordinario con destino a la
financiaci6n de las ayudas a adquisici6n y rehabilitaci6n de
actuaciones protegibles en materia de vivienda, a consignar
en la aplicaci6n 17-05-431A-781-02, "Pa ra adquirentes yreha-
bilitadores con cargo al Principado",
pOT
importe de
450.000.000de pesetas.
Articulo 3
.-Financiacion
de suplemento de credito yde
credito
extraordinario
Se autoriza al Consejo de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica por
importe de 670.000.000 de pesetas , destinadas a la finan-
ciacion del suplemento de credito y del credito extraordinario
referidos en los articulos 1 y 2 respectivamente. Esta auto-

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