Extracto de la Resolución de 7 de diciembre de 2018, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se convocan subvenciones públicas para 2019-2020, con destino a la financiación de acciones de formación para el empleo dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as.
Sección | Otras Disposiciones |
BDNS(Identif.): 428128.
Primero.—Beneficiarios
Los centros o entidades colaboradores inscritos y/o acreditados en el registro de centros y entidades de formación para el empleo del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, o en los correspondientes registros de centros y entidades de formación para el empleo autonómicos o estatal, según el caso.
Segundo.—Objeto
Financiar acciones de formación para el empleo dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as, pudiendo solicitarse acciones formativas de las incluidas en el anexo I de la convocatoria.
Financiar las becas y ayudas a personas desempleadas que participen en las acciones de formación aprobadas al amparo de esta convocatoria, cuando cumplan los requisitos y condiciones previstos en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en su redacción dada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto y, en cuanto se opongan a lo dispuesto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que la desarrolla.
Tercero.—Bases reguladoras
Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en materia de formación de oferta, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, publicada en el BOE de 18 de marzo de 2008, en su redacción dada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto (BOE de 4 de agosto de 2012), y, en cuanto se opongan a lo dispuesto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral (BOE de 10 de septiembre de 2015), por ésta última, así como por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que la desarrolla.
Cuarto.—Cuantía
La convocatoria prevé un crédito máximo estimativo de quince millones novecientos treinta y un mil setecientos setenta y seis euros (15.931.776,00 €). Distribuidos de la siguiente forma:
Para acciones de formación:
Quince millones ciento seis mil quinientos veintiséis euros (15.106.526,00 €), de los cuales nueve millones sesenta y tres mil novecientos dieciséis (9.063.916,00 €) corresponden a la anualidad de 2019 y Seis millones cuarenta y dos mil seiscientos diez (6.042.610,00 €) corresponden a la anualidad de 2020.
Para las becas y ayudas:
Ochocientos veinticinco mil doscientos cincuenta euros (825.250,00 €) de los que cuatrocientos cincuenta mil doscientos cincuenta (450.250,00...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba