Decreto 12/2002, de 8 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

El Decreto 10/1999, de 22 de julio, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma creó, entre otras, la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, con la función principal de ordenar las políticas orientadas a garantizar el derecho a la protección de la salud, recogido en el artículo 43 de la Constitución de 1978.

La creación de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios obligó a plantear una estructura orgánica que respondiera a las necesidades detectadas en relación con la protección de la salud de los ciudadanos y ciudadanas del Principado de Asturias. En este sentido, se consideró necesario distinguir por un lado, el diseño y elaboración de políticas sectoriales e intersectoriales a fin de disponer de un marco claro de actuación para el ejercicio de la Autoridad Sanitaria, tanto en el ámbito de Salud Pública como en el de los Servicios Sanitarios y, por otro, disponer de instrumentos adecuados para ejecutar las políticas orientadas a garantizar a los ciudadanos mejores servicios de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, atención sanitaria y reinserción social, además de recuperar la necesaria coordinación en las políticas que deben englobarse en el Plan Regional de Drogas.

En tal sentido se aprobó el Decreto 83/1999, de 11 de agosto, el cual fue objeto de una primera modificación por el Decreto 37/2000, de 13 de abril, fruto del traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de ejecución de la legislación estatal sobre productos farmacéuticos y en materia de Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Por Real Decreto 1471/2001, de 27 de diciembre, se ha producido el traspaso de funciones y servicios de la Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social, lo que implica un cambio radical en las cargas de trabajo y tareas que corresponde asumir en la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, tanto cualitativa como cuantitativamente, por lo que deviene necesidad perentoria modificar su estructura orgánica.

La Consejería de Salud y Servicios Sanitarios mantiene la estructura básica con la que se diseñó en 1999 de separación de las funciones de Autoridad Sanitaria de aquellas de provisión de servicios. Las nuevas competencias asumidas obligan a reforzar el papel de la Autoridad Sanitaria como garante de la calidad de las prestaciones ante los ciudadanos y del funcionamiento de los servicios. En este sentido, se crean dos nuevas Direcciones Generales, la de Calidad y Atención Ciudadana y la Económico-Financiera y se reestructuran el resto de órganos directivos para poder dar una respuesta integral a las necesidades derivadas del derecho a la protección de la salud.

En base a las razones expuestas, a propuesta del Consejero de Salud y Servicios Sanitarios y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de febrero de 2002.

D I S P O N G O I. Organización general de la Consejería

Artículo 1 ¿ Estructura general 1

La Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, bajo la superior dirección de su titular, desarrolla las funciones que legalmente le corresponden a través de los siguientes órganos administrativos de nivel superior:

  1. Organos centrales: a) Secretaría General Técnica.

    1. Dirección General de Salud Pública.

    2. Dirección General de Ordenación de Servicios Sanitarios.

    3. Dirección General de Calidad y Atención Ciudadana.

    4. Dirección General Económico-Financiera.

  2. Organo desconcentrado: a) Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo.

    1. Adscrito a la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios se encuentra el Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), ente de derecho público dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

    2. Para asesoramiento y apoyo del titular, la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios cuenta con un Consejo de Dirección, integrado por los titulares de los órganos centrales, el titular del órgano desconcentrado, el titular de la gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias y personal de Gabinete.

    3. Bajo la dependencia directa del titular de la Consejería se estructura el Servicio de Inspección Sanitaria de las Prestaciones Sanitarias con financiación pública y al que se le asignan las siguientes funciones: a) La inspección, evaluación y control en relación a las prestaciones sanitarias con financiación pública, de los centros y establecimientos sanitarios.

      1. La inspección, evaluación y control de las prestaciones farmacéuticas con financiación pública.

      2. La elaboración y tramitación de propuestas de resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial en relación con la prestación de servicios sanitarios públicos.

        12¿II¿2002 1587 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS d) La instrucción del procedimiento disciplinario al personal de los centros y establecimientos sanitarios públicos en relación con las prestaciones sanitarias con financiación pública.

      3. La instrucción del procedimiento sancionador a las Oficinas de Farmacia en relación con la prestación farmacéutica con financiación pública.

    4. El órgano de participación comunitaria en la administración sanitaria es el Consejo de Salud regulado en la Ley del Principado de Asturias 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado y sus normas de desarrollo.

      1. Secretaría General Técnica

Artículo 2 ¿ Funciones y estructura 1

Corresponde a la Secretaria General Técnica la dirección de los servicios comunes de la Consejería y la asistencia a su titular en la elaboración y aprobación de los planes de actuación del Departamento.

  1. Además de las funciones enunciadas en el apartado anterior, se atribuyen a la Secretaria General Técnica las siguientes: a) Las tareas administrativas en materia de ejecución presupuestaria, de contratación administrativa y expedientes expropiatorios no atribuidos a otro órgano de la Consejería.

    1. Las tareas de gestión de personal, de los asuntos comunes y de régimen interior, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.

    2. El asesoramiento jurídico general de la Consejería.

    3. Las tareas de tramitación de expedientes sancionadores en materias cuya competencia corresponda a la Consejería, salvo atribución expresa a otro órgano de la misma. Al titular de la Secretaría General Técnica le corresponde la adopción de las medidas previstas en el capítulo VI, título primero de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y el artículo 37 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

  2. La Secretaría General Técnica para el desarrollo de sus funciones se estructura en las siguientes unidades administrativas: a) Servicio de Asuntos Generales.

    1. Servicio de Asuntos Jurídicos.

    2. Servicio de Personal.

Artículo 3 ¿ Servicio de Asuntos Generales.

Al Servicio de Asuntos Generales le corresponde:

  1. La tramitación administrativa de la ejecución presupuestaria.

  2. La contratación administrativa y la tramitación y ejecución de los procesos expropiatorios no atribuidos a otros órganos de la Consejería.

  3. Las funciones de gestión de régimen interior, registro general, archivos y sistemas informáticos de la Consejería y, en general, cualesquiera otras que sean inherentes a los servicios generales y comunes de la Consejería.

Artículo 4 ¿ Servicio de Asuntos Jurídicos.

Al Servicio de Asuntos Jurídicos le corresponde:

  1. El estudio, informe y, en su caso, elaboración de los proyectos de disposiciones de cualquier carácter que corresponda dictar o proponer a la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.

  2. La realización de informes relativos a los asuntos que, en materias del ámbito de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR