Decreto 59/2008, de 2 de julio, de primera modificación del Decreto 144/2007, de 1 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación y Ciencia.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Julio de 2008
SecciónI - Principado de Asturias
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyDecreto

El Decreto 14/2007, de 12 de julio, del Presidente del Principado de Asturias estableció la reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, entre las cuales se encuentra la Consejería de Educación y Ciencia. Posteriormente, en cumplimiento de lo previsto en su disposición final primera, mediante Decreto 144/2007, de 1 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación y Ciencia, se estableció la necesaria para atender a las funciones que a ésta le fueron atribuidas.

No obstante, transcurrido un período de tiempo prudencial desde su aprobación, en el momento presente se aprecia la necesidad de llevar a cabo la primera modificación del citado Decreto a fin de ajustar la organización interna de la Consejería de Educación y Ciencia a la nueva estructura organizativa general de la Administración del Principado de Asturias, con el fin de conseguir una mejor adecuación funcional, garantizando con ello una mayor coordinación y eficacia en la actuación administrativa y una optimización de la gestión administrativa.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 2 de julio de 2008,

DISPONGO

Artículo único —Modificación del Decreto 144/2007, de 1 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación y Ciencia.

El Decreto 144/2007, de 1 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación y Ciencia, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El apartado 1 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

Artículo 1.—Estructura general.

1. La Consejería de Educación y Ciencia se estructura para el desarrollo de sus funciones en los siguientes órganos administrativos, bajo la inmediata dirección de su titular:

a) Órganos centrales:

1.º Secretaría General Técnica.

2.º Dirección General de Personal Docente.

3.º Dirección General de Planificación, Centros e Infraestructuras.

4.º Dirección General de Políticas Educativas y Ordenación Académica.

5.º Dirección General de Formación Profesional.

6.º Viceconsejería de Ciencia y Tecnología.

7.º Dirección General de Universidades.

b) Como órganos de asesoramiento y apoyo se hallan adscritos a la...

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