Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Universidad de Oviedo, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas económicas para asistir a los cursos de verano en la Escuela de Gramática Española “Emilio Alarcos”. [Cód. 2011-11602]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Tanto la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación, como la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril, contemplan el establecimiento de una política general de becas, ayudas y créditos a los/las estudiantes universitarios/as.

En el ámbito de la regulación expuesta, y teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 9, 173 y 176 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, donde se señala que se fomentará un sistema justo de becas y ayudas, se estima conveniente la tramitación de un expediente para la apertura de convocatoria pública de ayudas.

La finalidad perseguida con la misma se encamina a la consecución de una mejor formación del alumnado en las áreas lingüísticas en las que destacó el ilustre profesor de la Universidad de Oviedo, dando cumplimiento de este modo a uno de los objetivos fundacionales de la Cátedra “Emilio Alarcos” se contempla la posibilidad de convocar ayudas destinadas a quienes deseen mejorar sus conocimientos lingüísticos y filológicos. Asimismo, uno de los fines de la Cátedra se concreta en el ideal de promocionar y difundir la investigación en aquellas áreas lingüísticas y filológicas en las que destacó el ilustre profesor de la Universidad de Oviedo.

Se estima conveniente la tramitación de unas bases reguladoras para la concesión de ayudas para asistir a los cursos de verano en la Escuela de Gramática Española “Emilio Alarcos”.

Fundamentos de Derecho

Primero.—Según lo establecido en el artículo 29.1 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2011, «toda subvención, beca o ayuda para la que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios generales de publicidad, concurrencia y objetividad, con respeto a las bases reguladoras de la concesión que se establezcan».

Segundo.—En virtud de lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los actos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias «los acuerdos o las resoluciones de contenido normativo emanados de los órganos de la Universidad de Oviedo que, no siendo de ámbito estrictamente organizativo, tengan como destinatarios una pluralidad indeterminada de sujetos» para producir efectos jurídicos.

Tercero.—Vistos la Resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el Régimen General de Subvenciones; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.—Visto el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo, y haciendo uso de las competencias que me han sido atribuidas según consta en el Art. 60 de los mencionados Estatutos,

Resuelvo

Primero.—Aprobar las bases reguladoras que se incluyen como anexo I a la presente Resolución, por las que se regirán la concesión de ayudas económicas para asistir a los cursos de verano en la Escuela de Gramática Española “Emilio Alarcos”.

Segundo.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Tercero.—Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.3 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Oviedo, 24 de mayo de 2011.—El Rector de la Universidad de Oviedo.—Cód. 2011-11602.

Anexo I

Bases reguladoras de concesión de ayudas económicas para asistir a los cursos de verano en la Escuela de Gramática Española “Emilio Alarcos”

Primera.—Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de ayudas que, con carácter de ayudas a la promoción educativa...

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