DECRETO 49/2007, de 10 de mayo, disponiendo la aceptación de la cesión en uso de la Casa del Médico y Centro de Higiene Rural de San Antolín de Ibias y un solar anexo a la misma, para la ubicación de un Consultorio Local.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorConsejeria de Economia y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Ibias mediante Acuerdo Plenario de 7 de abril de 2006, acordó ceder en uso al Principado de Asturias la Casa del Médico y Centro de Higiene Rural de San Antolín de Ibias con destino a la ubicación de un Consultorio Local. Con fecha 2 de junio de 2006, el Pleno del Ayuntamiento de Ibias acordó ceder un solar anexo al mismo para la ampliación de dicho inmueble, elevándose a definitivos dichos Acuerdos por Acuerdo Plenario de 4 de agosto de 2006.

El artículo 26 de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias preceptúa que las adquisiciones de bienes por el Principado, a título de donación, no se producirán sino en virtud de Decreto, acordado en Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 10 de mayo de 2007, D I S P O N G O Primero.— Aceptar la cesión en uso del inmueble de la Casa del Médico y Centro de Higiene Rural de San Antolín de Ibias y un solar anexo al mismo realizada por el Ayuntamiento de Ibias mediante Acuerdos plenarios de 7 de abril de 2006, 2 de junio de 2006 y 4 de agosto de 2006, con destino a la ejecución de obras de mejora y ampliación en el mismo y posterior ubicación de un Consultorio Local, en los términos de los referidos acuerdos de cesión.

Los inmuebles objeto de cesión se describen como sigue:Urbana Casa del Médico y Centro de Higiene Rural de San Antolín de Ibias, sito en el número dos de El Barrial, cuya parcela se limita al terreno ocupado por la edificación, cuya superficie es de ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados, consta de tres plantas, una semisótano destinada a almacén, con una superficie construida de ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados, una planta baja, con una superficie construida de ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados, destinada en setenta y ocho metros cuadrados a vivienda y setenta y seis metros cuadrados a consultorio médico, una planta primera con una superficie construida de setenta y ocho metros cuadrados, destinada a...

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