Decreto 46/2003, de 29 de mayo, primera modificación del Decreto 69/2002, de 23 de mayo, por el que se establece la ordenación y definición del currículo de Educación Secundaria Obligatoria en el Principado de Asturias.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto 69/2002, de 23 de mayo (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 28 de junio), se establece la ordenación y definición del currículo de Educación Secundaria Obligatoria en el Principado de Asturias.

Razones técnicas aconsejan ahora la modificación puntual de algunos de sus extremos, de acuerdo con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

En su virtud, oído el Consejo Escolar del Principado de Asturias, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 29 de mayo de 2003, D I S P O N G O Artículo único.¿ Modificación del anexo I del Decreto 69/2002, de 23 de mayo, por el que se establece la ordenación y definición del currículo de Educación Secundaria Obligatoria en el Principado de Asturias.

  1. El criterio de evaluación número 12 correspondiente al tercer curso, Física y Química, queda redactado de la siguiente manera: "12. Explicar y evaluar las ventajas e inconvenientes de la utilización de las fuentes energéticas." 2. El objetivo número 7 correspondiente a la materia de Lengua Castellana y Literatura, de 23 de mayo, queda redactado de la siguiente manera: "8. Conocer los autores y las autoras, las obras y los fragmentos más representativos de las distintas etapas de la historia de la literatura de las lenguas de España." 3. Dentro de los contenidos correspondientes a Literatura del tercer curso de la materia de Lengua Castellana y Literatura, se modifica la redacción del apartado "Procedimientos y destrezas comunicativas" en el siguiente sentido: "Lectura, análisis, comentario e interpretación de textos de la literatura medieval, renacentista, barroca e ilustrada, en las lenguas de España, para indagar cómo se engarzan con el sistema de ideas de cada época y cómo su temática, tópicos, simbología, personajes y situaciones han pervivido hasta el presente." 4. El criterio de evaluación número 10 correspondiente al cuarto curso, Lengua Castellana y Literatura, queda redactado de la siguiente manera: "Conocer la trayectoria artística de los autores y autoras y las características generales de las obras de los siglos XIX y XX, en las lenguas de España, a partir de los textos trabajados en clase." Disposición derogatoria única. Derogación normativa Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposiciones Finales
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