Decreto. Procedimiento ordinario 924/2011. [Cód. 2012-08774]

SecciónV - Administración de Justicia
Rango de LeyDecreto

Demandante/s: Jorge Argüelles de la Vallina.

Abogado/a: Luis Jesús Bárcena Sánchez.

Demandado/s: Aislamientos Astur, S.L., Comisión Gestora del Fondo para Fines Asistenciales de la empresa Aislamientos Astur, Adrián Río García, Marta María Fernández Mateo, Juan Daniel García Campo, David García Campo, Luis Manuel Lera Fernández, Sergio Ablanedo Rodríguez.

Doña Carmen Villar Sevillano, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Gijón,

En Gijón, a ocho de mayo de dos mil doce.

Antecedentes de hecho

Primero.—En este órgano judicial se sigue el procedimiento de cantidad 924/2011 a instancia de Jorge Argüelles de la Vallina, contra Aislamientos Astur, S.L., Comisión Gestora del Fondo para Fines Asistenciales de la empresa Astur, S.L., y Fogasa.

Segundo.—El día 16-4-12 se acordó requerir a la parte demandante para que en el plazo de 5 días ampliara la demanda.

Tercero.—El día 25/04/2012, por la parte demandante se presentó escrito en el que ampliaba la demanda frente a Adrián Río García, Marta María Fernández Mateo, Juan Daniel García Campo, David García Campo y Luis Manuel Lera Fernández.

Fundamentos de derecho

Único.—Al solicitarse la ampliación de la demanda, procede acordar y señalar nueva fecha para la celebración de los actos de conciliación y en su caso, al de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el/la Secretario/a Judicial, y el segundo ante la Sala, de conformidad con lo dispuesto en el art. 83 LPL, por lo que vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Parte dispositiva

Acuerdo:

• Tener por ampliada la demanda frente a Adrián Río García, Marta María Fernández Mateo, Juan Daniel García Campo, David García Campo y Luis Manuel Lera Fernández señalándose nuevamente para el día 27-6-2012 a las 10:50 horas, la conciliación y a las 10:55 horas el juicio.

• Citar a las partes, expidiendo las oportunas cédulas de citación con las advertencias legales.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso...

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