Decreto 77/2018, de 19 de diciembre, por el que se regula la organización, composición y funcionamiento de la Comisión para Asuntos Medioambientales de Asturias. 

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

La Constitución Española, en su artículo 45, establece que todos los españoles tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo; y que los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. Asimismo, en el artículo 145 señala que las Comunidades Autónomas podrán asumir la competencia de gestión en materia de protección del medio ambiente.

El Estatuto de Autonomía del Principado Asturias, aprobado por la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, establece en su artículo 11 que, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde al Principado de Asturias el desarrollo legislativo y la ejecución, entre otras, de la siguiente materia: la protección del medio ambiente, incluidos los vertidos industriales y contaminantes en ríos, lagos y aguas interiores y normas adicionales de protección del medio ambiente.

La Comisión para Asuntos Medioambientales de Asturias fue creada por Decreto 10/1992, de 7 de febrero, por el que se crea la Comisión de Asuntos Medioambientales como órgano consultivo y asesor en planificación y gestión ambiental. Desde su constitución hasta la fecha ha venido funcionando de manera regular.

La creación de un órgano colegiado de esta naturaleza es acorde con las competencias autonómicas asumidas a través del Estatuto de Autonomía y con el ejercicio de un título competencial no explícitamente invocado como es el de autoorganización.

En el momento de su aprobación se estimó que era recomendable someter a la decisión e intervención de un órgano colegiado aquellos asuntos de notoria incidencia medioambiental, ello considerando el innegable carácter horizontal de la variable ambiental como componente esencial de la políticas económica, industrial, agrícola y social; el respeto a los principios administrativos de unidad de acción, coordinación de la Administración, eficacia económico-administrativa y la experiencia acumulada con el funcionamiento del Consejo Rector de la antigua Agencia de Medio Ambiente.

El Decreto 10/1992, de 7 de febrero, fue modificado, en primer lugar, por el Decreto 73/1996, de 5 de diciembre; en segundo lugar, por el Decreto 10/2004, de 5 de febrero; en tercer lugar, por el Decreto 16/2009, de 18 de febrero; y, en cuarto lugar, por el Decreto 255/2011, de 19 de octubre. Asimismo, por Decreto 30/2000, de 6 de abril, de modificación del Decreto 30/1991, de 7 de marzo, por el que se crea el Consejo Regional de Medio Ambiente, fue derogada su Disposición adicional.

Hasta la fecha las modificaciones que se han producido obedecen a necesidades de adaptación a las cambiantes estructuras orgánicas de la administración autonómica y, también a la variación de las materias sobre las que debe emitir informe. En el presente decreto se realizan cambios más sustanciales, que no habían sido acometidos en decretos anteriores, este es el caso del cambio en la definición de la naturaleza de la Comisión, que en anterior decreto se describía como un órgano consultivo y asesor en planificación y gestión ambiental, mientras que en el actual se define como un órgano consultivo, asesor y de coordinación interadministrativa en materia de planificación y gestión ambiental. Otras modificaciones sustanciales son la modificación del quórum en segunda convocatoria, la regulación de las suplencias, o la designación de los vocales por la materia de su competencia. Ello motiva la conveniencia de aprobación de un nuevo decreto.

El Decreto 10/1992, de 7 de febrero, recogía en su artículo 2 la relación de supuestos sobre los que la Comisión debe emitir el preceptivo informe: procedimientos de autorización o aprobación de proyectos consistentes en la realización de...

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