Decreto 75/2018, de 19 de diciembre, disponiendo la aceptación de la cesión gratuita en propiedad de parcela de terreno de 1.523,00 m² sita en Pola de Lena, cedida por el Ayuntamiento de Lena con destino a la construcción del nuevo centro de salud de Pola de Lena. 

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

Antecedentes de hecho

Primero.—El Pleno del Ayuntamiento de Lena acordó en sesión celebrada, el día 12 de febrero de 2018, la cesión gratuita al Principado de Asturias de una parcela sita en Pola de Lena con destino a la construcción de un nuevo centro de salud en el plazo máximo de tres años desde la aceptación de la cesión por el Consejo de Gobierno.

Segundo.—En la Administración del Principado de Asturias, la Consejería de Sanidad es el órgano encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno del Principado de Asturias en materia de salud, de planificación, ordenación y asistencia sanitaria y de consumo, para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud.

De este modo, recibida la citada comunicación, se requirió informe a la Consejería de Sanidad respecto a la cual el citado departamento emitió informe favorable haciendo constar su interés en la aceptación en escrito de fecha 2 de marzo de 2018, e instando a la Dirección General de Patrimonio y Sector Público a la tramitación del correspondiente expediente.

Tercero.—Por otro lado, el Ayuntamiento de Lena ha realizado las actuaciones conducentes a la efectiva depuración tanto física como jurídica de la referida parcela objeto de cesión, conforme a lo dispuesto en el art. 113 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y de este modo, procedió a la inscripción registral de la citada finca de titularidad municipal con una superficie total de 1.523,00 m², así como a su correspondiente regularización catastral.

Cuarto.—Asimismo, se remitió certificación del Secretario del Ayuntamiento en el que consta que la finca resultante figura en el Inventario Municipal con la calificación jurídica de bien patrimonial, así como la valoración pericial de la parcela ratificada por el Arquitecto municipal, en informe de fecha 4 de septiembre de 2018, al ser el Ayuntamiento la entidad competente para concluir el presente negocio jurídico de cesión.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 26 de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio, preceptúa que las adquisiciones de bienes por el Principado de Asturias, a título de donación, no se producirán sino en virtud de Decreto, acordado en Consejo de Gobierno.

Segundo.—El artículo 111 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales preceptúa que si los bienes cedidos no fuesen destinados al uso, dentro del plazo señalado...

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