Decreto 61/2016, de 3 de noviembre, por el que se regula el Registro del Principado de Asturias de trabajadores expuestos a agentes cancerígenos o mutágenos. [Cód. 2016-11883]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

La Constitución Española, en su artículo 40.2, insta a los poderes públicos a velar por la seguridad e higiene en el trabajo, mandato que se erige en principio rector de la política social y económica y como tal, informa la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.

Las actuaciones de las administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral están definidas en el artículo 10 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en particular las relativas al establecimiento de medios adecuados para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas por los servicios de prevención actuantes, y la implantación de sistemas de información adecuados que permitan la elaboración de mapas de riesgos laborales y la realización de estudios epidemiológicos para la identificación y prevención de las patologías que puedan afectar a la salud de los trabajadores, así como hacer posible un rápido intercambio de información. Asimismo; la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, en el artículo 33.2 enumera las actuaciones de la autoridad sanitaria en el ámbito de la salud laboral, entre las que se encuentran las de desarrollar un sistema de información sanitaria en salud laboral integrado en el sistema de información de salud pública que dé soporte a la vigilancia de los riesgos sobre la salud relacionados con el trabajo, desarrollar programas de vigilancia de la salud post-ocupacional y establecer mecanismos para la integración en los sistemas de información públicos del Sistema Nacional de Salud de la información generada por las actividades sanitarias desarrolladas por los servicios de prevención de riesgos laborales y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en relación con la salud de los trabajadores.

Para proveer el sistema de información en salud laboral, los servicios de prevención deben colaborar con las autoridades sanitarias, realizando la vigilancia epidemiológica y efectuando las acciones necesarias para mantener el citado sistema de información, de acuerdo a lo estipulado en los artículos 38 y 39 del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y en el artículo 3 del Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.

Las autoridades sanitarias, para poder desarrollar sus funciones, tienen acceso a la información médica de carácter personal y a toda la documentación que la empresa tenga la obligación de elaborar y conservar, de acuerdo con los artículos 22 y 23 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre. En la historia clínico-laboral de los trabajadores debe constar una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia en el mismo, los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo y las medidas de prevención adoptadas, así como una descripción de los anteriores puestos de trabajo. El personal sanitario del servicio de prevención debe analizar los resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores y de la evaluación de riesgos con criterios epidemiológicos a fin de relacionar la exposición a los riesgos profesionales con los perjuicios para la salud, conforme al artículo 37.3.f) del Reglamento de los Servicios de Prevención.

En relación con la vigilancia epidemiológica de las enfermedades relacionadas con el trabajo, el cáncer laboral tiene una connotación especial debido a que precisa un largo período de exposición de varios años, lo que dificulta establecer una relación causal en el momento del diagnóstico médico. Debido a ello y a la gravedad de este tipo de enfermedades, la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020 considera prioritario mejorar los mecanismos de detección y prevención del cáncer...

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