Decreto 44/2018, de 8 de agosto, de modificación del Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos en lo relativo a la prestación del servicio de Jardines de Infancia. 

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

El texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, dispone en su artículo 16 que el establecimiento, modificación o supresión de los precios públicos se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de la Consejería competente en materia de hacienda y la Consejería a la que en cada caso corresponda en razón de la materia.

Los precios públicos correspondientes a los servicios prestados en los Jardines de Infancia son los establecidos en el anexo del Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos. Mediante Decreto 57/1994, de 19 de diciembre, se modifica el Decreto 45/1992, de 21 de mayo, en lo relativo a los precios públicos por prestación de servicios en centros dependientes de la entonces Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y se establecen nuevos precios en su anexo. Mediante Decreto 30/2013, de 19 de junio, se modifica el Decreto 45/1992, en lo relativo a la prestación del servicio de Jardines de Infancia.

El precio público satisfecho por los usuarios del servicio debe ser modificado, en su cuantía y en lo relativo al régimen de bonificaciones según la renta de la familia, referida al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, de tal modo que el servicio prestado atienda a las necesidades sociales de las familias con mayores dificultades económicas, adaptándolo al precio que actualmente vienen pagando las familias en las escuelas de educación infantil de primer ciclo (de 0 a 3 años).

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Sector Público y de la Consejera de Servicios y Derechos Sociales, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de agosto de 2018,

DISPONGO

Artículo único —Modificación del Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos.

Se modifica el apartado “Prestación de Servicios por los Centros dependientes de la Dirección Regional de Acción Social-Jardines de Infancia”, del anexo al Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos, quedando redactado en los términos señalados en el anexo que acompaña al presente decreto.

Disposición final Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

No...

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