Decreto 32/2019, de 15 de mayo, de primera modificación del Decreto 15/2012, de 8 de marzo, por el que se regula la organización del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”. 

Fecha de Entrada en Vigor23 de Mayo de 2019
SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

Por razones organizativas resulta oportuno, en este momento, proceder a una revisión puntual del Decreto 15/2012, de 8 de marzo, por el que se regula la organización del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», que afecta a la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.

El artículo 25.n) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno reserva a éste último la competencia para aprobar, a propuesta del Consejero respectivo, la estructura de las diferentes Consejerías así como la creación, modificación o supresión de unidades orgánicas superiores a negociado, atribución que reitera el artículo 13.1 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración.

En consecuencia, apreciada la urgencia en la tramitación de la norma, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Sector Público y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de mayo de 2019,

DISPONGO

Artículo único —Modificación del Decreto 15/2012, de 8 de marzo, por el que se regula la organización del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada».

El Decreto 15/2012, de 8 de marzo, por el que se regula la organización del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se suprime la letra d) del artículo 6.

Dos. El artículo 8 queda redactado como sigue:

Artículo 8. Servicio de Formación.

El Servicio de Formación tendrá a su cargo las funciones propias del Instituto en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, así como la organización y desarrollo de cursos que, en su caso, sean previstos en los procesos de selección. Le corresponde detectar, analizar y establecer la prioridad de las necesidades formativas del personal del Principado de Asturias, la organización y desarrollo, tanto de la actividad de formación básica como especializada y los estudios y trabajos técnicos sobre calidad y...

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