Decreto 192/2019, de 24 de octubre, por el que se establece el precio público por la inscripción en las pruebas de certificación de los niveles de competencia en el uso de la lengua asturiana. 

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El artículo 4 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias establece que el bable gozará de protección y que habrá de promoverse su uso, su difusión en los medios de comunicación y su enseñanza, respetando, en todo caso, las variantes locales y la voluntariedad en su aprendizaje. Además, en el artículo 10.1.21 se señala como competencia exclusiva del Principado de Asturias el fomento y protección del bable en sus diversas variantes.

La Ley del Principado de Asturias 1/1998, de 23 de marzo, de Uso y Promoción del Bable/Asturiano, dispone que el Principado de Asturias asegurará la enseñanza del bable/asturiano y promoverá su uso dentro del sistema educativo. El artículo 11 de la misma señala que el Principado de Asturias establecerá las titulaciones necesarias para impartir la enseñanza del bable/asturiano y las titulaciones y certificaciones que acrediten el conocimiento del bable/asturiano.

En desarrollo del citado artículo 11.b de la Ley del Principado de Asturias 1/1998, de 23 de marzo, en el Decreto 47/2019, de 21 de junio, por el que se establecen los niveles de competencia en el uso de la lengua asturiana y se regula la prueba de certificación correspondiente a dichos niveles adaptados al Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas, figuran los niveles de competencia básico A1, básico A2, intermedio B1, intermedio B2 y avanzado C1, referidos al uso de la lengua asturiana y la prueba de certificación correspondiente a dichos niveles, adaptados, respectivamente, a los niveles A1, A2, B1, B2 y C1.

Por todo ello, se hace necesario el establecimiento de un precio público para la prueba de certificación de los niveles de lengua asturiana, tanto el nivel básico A1 y A2 como el intermedio B1 y B2 y el avanzado C1.

La presente disposición se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la propuesta está justificada por una razón de interés general, con la finalidad de establecer el precio público por la inscripción en las pruebas de certificación de los niveles de competencia en el uso de la lengua asturiana. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la iniciativa contiene la...

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