Decreto 16/2018, de 21 de marzo, de primera modificación del Reglamento del Fondo de Cooperación Municipal, aprobado por Decreto 147/2010, de 1 de diciembre. 

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, en su artículo 11, señala que en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde al Principado de Asturias el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de régimen local.

Por otra parte, el carácter uniprovincial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias viene a determinar su relación con las entidades locales ya que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LRBRL), las Comunidades Autónomas uniprovinciales asumen las competencias, medios y recursos de las Diputaciones Provinciales. De esta forma, el Principado de Asturias recibe de la extinta Diputación Provincial de Oviedo, entre otros, como fin propio y específico, la garantía de los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales en el marco de la política económica y social y, en particular, asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.

La Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009 creó el Fondo de Cooperación Municipal con el fin de que todos los concejos beneficiarios tuviesen asegurado el acceso a unos fondos que les permitiesen ejecutar sus inversiones. Posteriormente, en desarrollo de la citada ley, se dictó el Decreto 147/2010, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo de Cooperación Municipal.

Este sistema de cooperación se ha visto afectado por el principal reto al que se han venido enfrentado todas las entidades locales en los últimos ejercicios, a saber, la necesidad de ajustar su política presupuestaria y sus estructuras de ingresos y gastos a los principios rectores de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Ante esta realidad y con el objetivo de garantizar la sostenibilidad financiera de los servicios municipales, la Ley del Principado de Asturias 2/2016, de 1 de julio, de medidas financieras y de gestión presupuestaria...

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