Decreto 123/2014, de 10 de diciembre, por el que se declara de utilidad pública, interés social y urgente ejecución la Concentración Parcelaria de la zona de Puertas y Pandiello (concejo de Cabrales). [Cód. 2014-21489]

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Enero de 2015
SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

Los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Puertas y Pandiello (Concejo de Cabrales), puestos de manifiesto por los propietarios de la misma en solicitud de concentración dirigida a la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos del Principado de Asturias, han motivado la realización, por el Servicio de Infraestructuras Forestales y Agrarias de la Dirección General de Política Forestal, de un estudio sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, deduciéndose de dicho estudio la conveniencia de llevar a cabo la Concentración Parcelaria por razón de utilidad pública e interés social, de conformidad con lo establecido en la Ley del Principado de Asturias 4/1989, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, de 21 de julio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley del Principado 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, corresponde al titular de la Consejería competente en materia agraria proponer al Consejo de Gobierno la aprobación del decreto que deberá contener las determinaciones mínimas exigidas por la precitada ley.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Agroganadería y Recursos Autóctonos y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 10 de diciembre de 2014,

DISPONGO

Artículo 1 —Declaración de utilidad pública.

Se declara de utilidad pública e interés social y urgente ejecución la Concentración Parcelaria de la zona de Puertas y Pandiello (Concejo de Cabrales).

Artículo 2 —Perímetro de concentración parcelaria.

Se establece el perímetro de la zona, que estará formado, inicialmente, por parte del término municipal de Cabrales, que comprende terrenos de los núcleos de Puertas y Pandiello, y cuyos límites son:

N.—Terrenos y montes de Ortiguero y Puertas.

S.—Terrenos y montes de Pandiello.

E.—Terrenos y montes de Puertas, Pandiello, y carretera AS-114.

O.—Terrenos y montes de Ortiguero y Pandiello.

Dicho perímetro podrá resultar definitivamente modificado de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley del Principado de Asturias 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.

Artículo 3 —Superficie mínima de...

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