Resolución de 13 de febrero de 2009, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripción del Plan de Igualdad 2008-2011 en el Convenio Colectivo de la Empresa Municipal de Servicios de Medioambiente Urbano de Gijón, S.A. -EMULSA-, en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo.

SecciónOtras Disposiciones
EmisorConsejeria de Industria y Empleo
Rango de LeyResolución

Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo (código 3300421, expediente: C-48/08) de la Empresa Municipal de Servicios de Medioambiente Urbano de Gijon, S.A., -Emulsa-, presentada en esta Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo el 29-1-09, en el que se aprueba el Plan de Igualdad 2008-2011, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de septiembre de 2007, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo, en el titular de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, por la presente,

Resuelvo

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo Seguridad Laboral y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 13 de febrero de 2009.-El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo-P.D. autorizada en Resolución de 3 de septiembre (publicada en el BOPA n.º 217, de 17-9-07).-5.260.

ACTA DE OTORGAMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE MEDIO AMBIENTE URBANO DE GIJóN (EMULSA)

En Gijón, siendo las 12 h, del día 13 de marzo del año 2008, se reúne en las dependencias de la Empresa Municipal de Servicios de Medio Ambiente Urbano de Gijón (EMULSA), la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo 2008-2011, constituida en Mesa de Negociación en fecha 19 de noviembre de 2007, integrada por las siguientes personas:

Presidente:

Dña. Dulce Gallego Canteli, Presidenta de EMULSA.

Representación empresarial:

Dña. Pilar Vázquez Palacios, Directora Gerente de EMULSA.

D. Ángel Miguel Jaime Gutiérrez, Director General de Servicios de EMULSA.

D. Avelino Tejón Alonso, Ingeniero Superior y Director de Producción de EMULSA.

D. Ángel Calvo Cuesta, Director del Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Gijón.

Comité de empresa:

D. José A. Gorrite Fernández (UGT).

D. José Manuel Álvarez Álvarez (UGT).

Dña. Teresa Galache Blanco (UGT).

D. José Amaro Sordo Calvín (UGT).

D. José Luis Friera Friera (UGT).

D. Pedro Junquera Barro (CGT).

D. José Arcadio García Vega (CSI).

D. Amador Blanco Rodríguez (CSI).

D. José Avelino Liñero Varas (CSI).

D. Jesús M. Quiroga García (CCOO).

D. Enrique Fernández Rodríguez (USIPA).

D. Enrique H. Álvarez Rodríguez (CGT).

Delegados sindicales y asesores:

D. Balbino Fernández Rubio (UGT).

Dña. M.ª Teresa Aparicio Calabozo (UGT).

D. Fernando Lagar Patallo (UGT).

D. Jorge Muñiz Alonso (CGT).

Dña. Aida M.ª Castaño Martínez (CGT).

D. Luis A. Collia Fernández (CSI).

D. Jovino Fombella García (CSI).

Dña. Pilar Río Gómez (CSI).

D. Agustín Roquer Abal (USIPA).

Actúa como Secretaria Dña. Alicia Piloñeta González, administrativa de EMULSA.

Ambas partes

Acuerdan

Primero.-Reconocerse mutua legitimación y capacidad para la negociación del Plan de Igualdad del EMULSA 2008-2011, dentro de sus respectivos ámbitos y por tanto para la firma del presente Acta de Otorgamiento.

Segundo.-En virtud de las Negociaciones llevadas a cabo, suscriben por unanimidad de todas las organizaciones sindicales con representación en el Comité de Empresa, el presente Plan de Igualdad de la Empresa Municipal de Limpiezas de Medio Ambiente Urbano de Gijón (EMULSA) con período de vigencia del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2011, tal como aparece firmado por las representaciones de ambas partes.

Y en prueba de conformidad lo firman en Gijón, en el lugar y fecha expresados.

Dña. Dulce Gallego Canteli. Dña. Pilar Vázquez Palacios.
D. Ángel Miguel Jaime Gutiérrez. D. Avelino Tejón Alonso.
D. Ángel Calvo Cuesta. D. José A. Gorrite Fernández.
Dña. Teresa Galache Blanco. D. José Amaro Sordo Calvín.
D. José Luis Friera Friera. D. José Manuel Álvarez Álvarez.
D. Pedro Junquera Barro. D. Amador Blanco Rodríguez.
D. José Arcadio García Vega. D. José Avelino Liñero Varas.
D. Jesús M. Quiroga García. D. Balbino Fernández Rubio.
Dña. M.ª Teresa Aparicio Calabozo. D. Fernando Lagar Patallo.
D. Jorge Muñiz Alonso. Dña. Aída M.ª Castaño Martínez.
D. Luis A. Collía Fernández. D. Jovino Fombella García.
Dña. Pilar Río Gómez. D. Enrique Fernández Rodríguez.
D. Agustín Roquer Abal. D. Enrique H. Álvarez Rodríguez.
PLAN DE IGUALDAD

2008-2011

"Hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer en cualquier ámbito de la vida y singularmente, en las esferas política, civil, y laboral." (Objeto de la Ley Orgánica de Igualdad)

Índice

  1. Introducción.

  2. Objetivos Generales.

  3. Responsabilidad Social Corporativa.

  4. Comisión de Igualdad.

  5. Diagnóstico de Situación: Representatividad de la Mujer.

  6. Valoración de la Situación.

  7. Estrategias de Igualdad: Objetivos Específicos y Actuaciones.

  8. Seguimiento y Evaluación. Mapa de Indicadores.

  9. Código de Buenas Prácticas.

  10. Información y Formación.

    "Los valores que sustentan lo público, deben servir de guía para dirigir la conducta de su personal en todo momento"

  11. -Introducción.

    La desigualdad persistente a lo largo del tiempo entre mujeres y hombres, normalmente basada en patrones culturales, requiere para su total abolición incorporar la "perspectiva de género" en todas las áreas de desarrollo social, y en concreto en el ámbito laboral.

    La Ley Orgánica de Igualdad actúa como un verdadero vehículo de transformación de las normas sociales y culturales discriminatorias y, sin duda, para tal fin se requiere la implicación tanto de las organizaciones empresariales como de las propias organizaciones de trabajadores y trabajadoras al tener estas una importancia relevante en relación con los derechos económicos, sociales y laborales de los trabajadores y trabajadoras.

    Uno de los Objetivos Generales del Plan de Igualdad ahora presentado, es introducir precisamente la perspectiva de género en la actividad de EMULSA, y en concreto en el ámbito de sus relaciones laborales.

    En consecuencia es imperativo incluir necesariamente dentro de la Responsabilidad Social Corporativa de EMULSA la perspectiva de género, responsabilizando e integrando la misma en la estructura de la empresa, declarando expresamente las funciones, roles, competencias y responsabilidades de todos/as los trabajadores/as en materia de igualdad, desde la Dirección y mandos, pasando por los representantes de los trabajadores y trabajadoras, hasta el propio personal de la empresa.

    Pero no obstante lo anterior la Ley de Igualdad impone a la empresa un mandato claro y una obligación, cual es la de respetar la igualdad de trato y oportunidades. Se trata de un mandato que no admite excepción ni matización alguna: EMULSA resulta obligada a contribuir activamente en la eliminación de todas las formas de discriminación en su ámbito laboral basadas en el género, debiendo asimismo promover la igualdad entre las mujeres y los hombres, suprimiendo los obstáculos que impiden a la mujer trabajar en pie de igualdad con los hombres.

    Pero el problema radica en determinar no solo cuales son las desigualdades existentes en el seno de la Empresa, si no desde que óptica se hace, sin que pueda prevalecer una visión sobre otra, ni la Dirección ni la representación sindical, ni la de un género respecto a la de otro, logrando con ello que el Plan pueda contener las medidas de acción necesarias desde la paridad.

    Esa labor entra dentro de las competencias de la Comisión de Igualdad de EMULSA, formada por mujeres y hombres en representación tanto de la empresa, como de todos los sectores de la misma, que actuará como un órgano de diseño, interpretación y vigilancia del plan, y por supuesto dada la representación social participante, de negociación.

    El Plan de Igualdad incluye por tanto el Diagnóstico de Situación que permitirá conocer cual es el nivel de representatividad y el estado de situación de la mujer en todos los ámbitos de la empresa, y en el desenvolvimiento de las relaciones laborales, para a continuación, llevar a cabo la Valoración de la situación y la toma de decisiones, Actuaciones o medidas de acción positiva que sean necesarias.

    Por su parte el Código de buenas Prácticas o Código Ético siguiendo la línea del Código de Conducta Europeo establece la Declaración de Principios de EMULSA en materia de Igualdad, disponiendo expresamente el respeto debido a la dignidad de todas y todos los/as trabajadoras/es y que no se permitirá ni tolerará el hostigamiento sexual, ni cualquier conducta constitutiva de acoso (sea sexual, de género o laboral) así como el derecho que tienen los/as empleados/as a presentar denuncias si estos hechos llegan a producirse.

    El Plan incluye necesariamente un cuadro de indicadores que permita evaluar y controlar las medidas de acción positivas tomadas a lo largo del tiempo, así como las adecuadas campañas de comunicación del Plan de Igualdad y formación en materia de igualdad.

    La difusión del Plan, así como la Formación de todas y todos los trabajadores y trabajadoras en materia de igualdad son instrumentos necesarios para lograr con ello el cumplimiento de los objetivos fijados, que son la existencia de igualdad real y efectiva entre las trabajadoras y trabajadores de EMULSA.

  12. -Objetivos generales.

    El Plan de Igualdad de EMULSA tiene como objetivos generales:

    Introducir la perspectiva de género en la gestión empresarial, y en concreto en el ámbito de las relaciones laborales, y las políticas de gestión de recursos humanos.

    Garantizar en todos los ámbitos de la empresa la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.

    Impulsar medidas contra la discriminación y que atiendan a promover la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo.

    Prevenir y erradicar discriminaciones directas e indirectas.

    Fomentar el desarrollo o aplicación de medidas...

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