Decreto 1/2014, de 22 de enero, de segunda modificación del Decreto 6/2011, de 23 de febrero, por el que se crean la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, y se regulan su organización y funcionamiento. [Cód. 2014-01420]

Fecha de Entrada en Vigor19 de Febrero de 2014
SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Decreto 6/2011, de 23 de febrero, modificado por el Decreto 27/2012 de 15 de marzo, por el que se crean la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, y se regulan su organización y funcionamiento tiene por objeto la creación del sistema de acreditación de formación continuada de las profesiones sanitarias en el ámbito autonómico, y su adecuación a los diferentes cambios producidos en el marco normativo con posterioridad a la publicación del Decreto 7/1999, de 18 de febrero, por el que se crea la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y se regula su organización y funcionamiento.

El Decreto 76/2012 de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Sanidad así como el Decreto 163/2012, de 11 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio de Salud del Principado de Asturias inciden en la normativa de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, al señalar entre sus competencias la planificación y gestión de la formación continuada, en el primer caso, y el apoyo a las mismas en el segundo, así como el establecimiento de los criterios de acreditación de la formación continuada.

La acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias constituye un elemento fundamental dentro del sistema nacional de formación sanitaria, tal y como indica la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, de forma que la solvencia y garantía del proceso de acreditación es un elemento que favorece la calidad de la formación continuada. Asegurar el adecuado funcionamiento operativo del proceso de acreditación de la formación de las profesiones sanitarias es responsabilidad de la Administración del Principado de Asturias, por lo que como...

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