DECRETO 35/2007, de 12 de abril, por el que se regulan las compensaciones económicas a percibir por los miembros de las Juntas Electorales y el personal a su servicio en las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias a celebrar el día 27 de mayo de 2007.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorConsejeria de la Presidencia
Rango de LeyDecreto

Convocadas por Decreto del Presidente del Principado número 10 /2007, de 2 de abril (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias n.º 78, de 3 de abril de 2007), elecciones a la Junta General del Principado de Asturias, corresponde al Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 14/1986, de 26 de diciembre, sobre Régimen de Elecciones a la Junta General del Principado de Asturias, fijar las compensaciones económicas a los miembros de las Juntas Electorales y al personal a su servicio.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia, y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 12 de abril de 2007, por medio del presente, D I S P O N G O

Artículo 1 — Compensaciones a percibir por los miembros de la Junta Electoral del Principado de Asturias.

Los miembros de la Junta Electoral del Principado de Asturias percibirán, por el tiempo que dure su mandato, en concepto de compensaciones las siguientes cantidades: Presidente o Presidenta ....................................................... 3.432,93 euros Secretario o Secretaria ......................................................... 3.221,19 euros Vocales judiciales y Delegado o Delegada de la Oficina del Censo Electoral .......................... 1.503,22 euros Vocales no judiciales ............................................................... 858,98 euros

Artículo 2 — Compensaciones a percibir por los miembros de las Juntas Electorales de Zona.

Los miembros de las Juntas Electorales de Zona percibirán, por el tiempo que dure su mandato, en concepto de compensaciones, las siguientes cantidades: Presidente o Presidenta ....................................................... 1.717,97 euros Secretario o Secretaria ......................................................... 1.610,60 euros Vocales judiciales ......................................................................... 751,61 euros Vocales no judiciales...

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