Resolución de 11 de diciembre de 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria pública para la participación de entidades y centros colaboradores en la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2001, con...

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyResolución

Asumidas las funciones y servicios relativos a la gestión de la formación ocupacional mediante el Decreto 190/1999, de 30 de diciembre (BOPA de 7 de enero de 2000), y el Real Decreto 2088/1999, de 30 de diciembre (BOE 4 de febrero de 2000), la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo tiene atribuidas, en el ámbito del Principado de Asturias, las competencias de programación y gestión del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (en adelante PNFIP), regulado por el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo (BOE de 4 de mayo de 1993), o norma que lo sustituya.

El artículo 3.4 del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el PNFIP, desarrollado por la Orden de 13 de abril de 1994, modificada por las Ordenes de 20 de septiembre de 1995 y de 14 de octubre de 1998, establece que la convocatoria a las entidades y centros colaboradores para participar en la correspondiente programación anual de cursos, deberá realizarse durante el trimestre anterior al comienzo del ejercicio anual, indicando los plazos y términos en que las solicitudes deben presentarse.

De acuerdo con lo anterior, la presente convocatoria se dirige, según lo dispuesto en el artículo 8.2 y artículo 6, respectivamente, del Real Decreto y Ordenes anteriormente citadas, a los centros, instituciones, organizaciones y empresas que soliciten impartir cursos de formación profesional ocupacional como centros colaboradores del PNFIP en el ámbito del Principado de Asturias, para la cualificación de trabajadores desempleados, y ello sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional primera del citado Real Decreto.

En consecuencia con lo expuesto, de conformidad con los artículos 3 y 7 del Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, y el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, con el acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias de 30 de noviembre de 2000, R E S U E L V O Primero

.-Aprobar las bases, que se incorporan como anexo, reguladoras de la convocatoria pública para la participación de entidades y centros colaboradores en la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en el año 2001, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo. Segundo

.-Convocar la concesión de las subvenciones correspondientes y ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, 11 de diciembre de 2000.-La Consejera de Trabajo y Promoción de Empleo, Angelina Alvarez González.-19.482.

Anexo BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PARTICIPACION DE ENTIDADES Y CENTROS COLABORADORES EN LA PROGRAMACION ANUAL DE CURSOS DEL PLAN NACIONAL DE FORMACION E INSERCION PROFESIONAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2001, CON LA COFINANCIACION DEL FONDO SOCIAL EUROPEO Primera.- Objeto y finalidad de la convocatoria Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones con destino a la participación en la programación anual de cursos del Plan FIP correspondiente al año 2001.

Los cursos se realizarán dentro del ejercicio 2001 conforme a lo previsto en las respectivas resoluciones de homologación y atendiendo a los procedimientos, requisitos y obligaciones previstas en el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, desarrollado por la Orden de 13 de abril de 1994, modificada por las Ordenes de 20 de septiembre de 1995 y de 14 de octubre de 1998.

Segunda.- Beneficiarios y condiciones Podrán concurrir a la convocatoria las entidades y centros colaboradores del PNFIP en el ámbito del Principado de Asturias, así como quienes se encuentren en las circunstancias descritas en la base undécima de la presente Resolución.

Tercera.- Cuantía de las subvenciones Las subvenciones a otorgar tendrán una cuantía máxima por cada curso incluido en la programación, calculada según lo previsto en los artículos 13 del R.D. 631/1999 y 10.3 de la Orden de 13 de abril de 1994, y con el objeto exclusivo de compensar los gastos abonables derivados de su impartición.

Cuarta.- Forma y plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se formalizarán conforme a los modelos que se adjuntan en el anexo, y que al efecto serán facilitados por la Dirección General de Formación.

A la solicitud de la entidad o centro colaborador, deberá acompañarse necesariamente: Declaración responsable del solicitante relativa...

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