Decreto de Alcaldía. Baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes. [Cód. 2013-06601]

SecciónIV - Administración Local
Rango de LeyDecreto

Visto escrito de D. Jesús Gayo Alba, por el que solicita baja en el Padrón Municipal de Habitantes de D. Edgard Gualberto Vilca Lugo por no residir en Pramaro-Soto de Luiña, domicilio en el que figura empadronado.

Visto informe de la Policía Local, de fecha 9 de marzo de 2013, en el que se hace constar que D. Edgard Gualberto Vilca Lugo, con pasaporte n.º 5393512, vecino de Pramaro-Soto de Luiña, no reside en el citado domicilio.

Visto el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, estableciendo que los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, en el Padrón de Habitantes a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento (residencia habitual), siendo de aplicación el procedimiento contenido en la Resolución de 9 de abril de 1997, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.

Esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones legales que le vienen conferidas, por la presente,

HE RESUELTO

Iniciar expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de D. Edgard Gualberto Vilca Lugo, con pasaporte n.º 5393512 por no residir en la dirección donde figura actualmente empadronado en Pramaro-Soto de Luiña, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 84.2 de la...

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