Edicto. Declaración de baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes. [Cód. 2014-14010]

SecciónIV - Administración Local
Rango de LeyEdicto

De conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27/11/1992), ante la imposibilidad de practicar la notificación de la resolución -que seguida y literalmente se transcribe- por ausencia o ignorado el paradero de los interesados, es por lo que se efectúa mediante publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valdés (resolución de la Concejalía delegada de Régimen Interior número 396, de fecha 18 de julio de 2014).

Visto el informe emitido en fecha 10 de febrero de 2014 por el servicio de Policía Local, según el cual Nela Gheorghe, con documento número SZ….39, no reside en el domicilio de inscripción en el padrón municipal de habitantes desde hace tiempo.

Resultando que:

El Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en su artículo 54 establece que “toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente”.

En su artículo 72 establece asimismo que “los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado”.

De acuerdo con lo regulado en la Resolución de 1 de abril de 1997 (BOE de 11/04/1997) por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal, se ha incoado expediente para proceder a su baja de oficio en el Padrón municipal, por inscripción indebida y dado que incumple los requisitos establecidos en el artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial.

Visto que, incoado expediente, se ha intentando la notificación de resolución de la Alcaldía n.º 84/2014, de 18 de febrero, por la que se interesaba su comparecencia para que manifestase su conformidad o no con su baja en el padrón municipal. De conformidad con lo establecido en el art. 59 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha practicado la notificación al domicilio del empadronamiento, resultando la persona interesada desconocida, por lo que se...

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