Decreto 281/2011, 28 de diciembre, por el que se actualizan los precios públicos de cuantía fija. [Cód. 2011-25177]

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2012
SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyDecreto

Los precios públicos se cuantifican en función de los costes inherentes al servicio o actividad que se remunera. Con el fin de mantener la correspondencia precio-coste que sirvió de base a su establecimiento, al igual que en ejercicios anteriores se actualizan los tipos de cuantía fija en un porcentaje equivalente al que se espera que evolucionen los referidos costes. En consonancia con ello se hace preciso proceder a la misma actualización de los precios públicos, por una norma con el mismo rango normativo que la que exige su establecimiento.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido por el artículo 16 del Texto Refundido de Tasas y Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo 1/98 de 11 de junio, el artículo 25 h) de la Ley 6/1984, de 5 de junio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias y el artículo 21.2 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y previa deliberación del Consejo de Gobierno del 28 de diciembre de 2011.

DISPONGO

Artículo único —Cuantía de los precios públicos.
  1. Durante el ejercicio 2012, los tipos de cuantía fija de los precios públicos del Principado de Asturias se elevarán hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,05 a las cuantías exigibles en el año 2011. Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

  2. Las cifras que resulten de aplicación como consecuencia del incremento al que se refiere el apartado anterior se redondearán al múltiplo de 10 céntimos de euro más cercano.

  3. Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado uno anterior los precios públicos de carácter estacional o de temporada que hubiesen sido objeto de modificación específica por normas que extiendan sus efectos hasta el año 2012, así como aquellos que sean objeto de modificación específica conforme a lo establecido en su normativa reguladora.

Disposición adicional Actuación de los órganos de gestión.

Los órganos de la Administración autonómica que gestionen los precios públicos del Principado de Asturias procederán a señalar las nuevas cuantías que resulten de la aplicación de este...

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