Decreto 22/2012, de 15 de marzo, de primera modificación del Decreto 50/2004, de 3 de junio, sobre régimen jurídico, económico y administrativo de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A. [Cód. 2012-05554]

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

Mediante la Ley del Principado de Asturias 7/2002, de 24 de junio, se autoriza la creación de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A. cuyo régimen jurídico, económico y administrativo se regula en el Decreto 50/2004, de 3 de junio.

A través de la Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009, se han modificado diversos preceptos de la mencionada Ley 7/2002, de 24 de junio, con la finalidad de habilitar a las Entidades locales del Principado de Asturias a participar en el capital social de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A., mediante la adquisición de acciones ya existentes o la suscripción de nuevas acciones, eliminándose la necesidad de convenio.

Ahora, se trata de adaptar el citado Decreto 50/2004, de 3 de junio, a dicha modificación legal, introduciendo además, otras modificaciones relativas a la aplicación del sistema de tarifas y a la necesaria adaptación a la legislación vigente en materia de contratación pública.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Sector Público, de acuerdo con el Consejo Consultivo del Principado de Asturias y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de marzo de 2012,

DISPONGO

Artículo único Modificación del Decreto 50/2004, de 3 de junio, sobre régimen jurídico, económico y administrativo de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A.

El Decreto 50/2004, de 3 de junio, sobre régimen jurídico, económico y administrativo de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A., queda modificado en los términos siguientes:

Uno. El artículo 1 queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 1. Objeto.

El objeto del presente decreto es regular el régimen jurídico, económico y administrativo de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A. en su condición de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración del Principado de Asturias y de sus poderes adjudicadores así como de las entidades locales que posean una parte de su capital social y de los poderes adjudicadores de éstas.

El resto de actuaciones empresariales de la Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A. se regirán por las normas de general aplicación a las sociedades mercantiles, sin perjuicio de su consideración de poder adjudicador a efectos de lo previsto en la legislación vigente sobre contratación pública

.

Dos. El apartado 2 del artículo 2 queda redactado de la siguiente forma:

2. La empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A. se encuentra adscrita a la Consejería competente en materia económica y presupuestaria y cuenta con un capital social de titularidad íntegramente pública.

Las entidades locales del Principado de Asturias interesadas podrán participar en el capital social de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A., mediante la adquisición de acciones ya existentes o la suscripción de nuevas acciones. Tales entidades locales sólo podrán enajenar sus participaciones a favor de la Administración del Principado de Asturias.

La participación de...

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